Circular 34 de Superintendencia de Salud, 26-02-1997 - Normativa - VLEX 914253560

Circular 34 de Superintendencia de Salud, 26-02-1997

Año1997
Fecha26 Febrero 1997
SecciónAseguradoras
EmisorSuperintendencia de Salud (Chile)
1
REPUBLICA DE CHILE
SUPERINTENDENCIA DE INSTITUCIONES
DE SALUD PREVISIONAL
_____________________________________
MAB/MACA/FRV/RDM
CIRCULAR N° 034
SANTIAGO, 26 FEBRERO 1997
DETERMINACION DE LA TABLA DE REAJUSTES E INTERESES QUE SERA
APLICABLE PARA LAS COTIZACIONES DE SALUD QUE SEAN PAGADAS FUERA
DEL PLAZO LEGAL 1
I. INTRODUCCION
De acuerdo a las atribuciones y funciones que el artículo 3° de la Ley N°18.933 le
confiere a esta Superintendencia y, en virtud de lo establecido en el artículo 31° del
mismo cuerpo legal, se ha determinado confeccionar la Tabla de Reajustes e
Intereses que regirá para el cálculo de todas aquellas cotizaciones de salud que no
hayan sido pagadas en forma oportuna. Lo anterior, con el objeto de establecer un
tratamiento uniforme y ajustado a lo legal respecto del trámite en comento.
Sobre el particular, cabe precisar que hasta el mes de diciembre de 1993 las
ISAPRE, por tener el mismo mecanismo de cálculo, utilizaban la tabla diseñada por
la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones. Sin embargo,
producto de la modificación que tuvo el cálculo de los reajustes e intereses de esas
Instituciones por la dictación de la Ley N°19.260, publicada en el Diario Oficial el
día 4 de diciembre de 1993, aplicable a las remuneraciones devengadas a partir del
1° de enero de 1994, la referida tabla dejó de tener la validez legal para seguir con
su aplicación en el caso de las ISAPRE.
1 El Ordinario Circular IF N° 29, 25.5.2007, informó a las isapres que, a contar del mes de mayo
2007, la Tabla de Reajustes e Intereses sólo sería publicada en el portal Web de la
Superintendencia de Salud.

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