Circular 27 de Superintendencia de Salud, 23-08-1995
Fecha | 23 Agosto 1995 |
Sección | Aseguradoras |
Emisor | Superintendencia de Salud (Chile) |
1.
REPÚBLICA DE CHttE
9UpERtNTENOET{CrA
DE
F¡STITUCÍOf{99
DE SAIUD
PREVISIO}IAL
CNCULAR
f{O 027
2
3 A00,995
ilrrfRooucE
|tootFtcActoilÉs
A tA ctRcutAR
f{ó24
soEEE
CUENTA CORRIEÍ{TE IÍ{DIVIDUAT
OE EXCEDEIITES
DE
COT¡ZACIÓN
Introdúcense
las slgulentes modificaclon€s a
la
clrcular
N024,
de
Íecna
29 de rnavo
de 1995, de
esta
Sup€rlntendencla:
Reemplázase el
punto
2.6, del
Tltulo
ll,
por
lo slgulsnte:
2,6 En el €vrnto gue la ISAPRE,
por cualqulor Clrcunstancla,
no
rec¡blere la totalicLad de las cotizaclon€s de afiltaatos
dependlentes,
las
cantldad€r
gue rec¡ba en pago
s€
rfiWutarán
a
los int€r€ses
V realustes
de lo3 excedent8s, a los excedenter cle
cot¡zaclón adeudado3.y
al preclo del plan oon sus rérpect¡vos
reaju¡tes e Intereses, a prorrata, no obstante cl|alqú¡er otra
itnputaclón
que
haga
fa hstatuclón
de Salud
Prevlslon.al.
Con
todo,
la
ISApRE
podrá
condonar aque[á
parto
d€
la
cotlzaclón
declarada
que
deba imputarue
a
los
excedantcg
de cotiaclón y a
sus
rea¡uste5
e Intereses,
slcmpre
quc,
en cada
caso, lo
autorlce
expresamenü€
el
af¡llado.
En caso
que la
ISAPRE
no reclblere la
total¡dad de las
cothaclones
por af¡llados no deperd¡gntesr
las
cantldad$ obtenrcf
as ¿lebe?án
lmputarsE,
gn
cacla
mes adeudado, en
el slgulente
orden:
al prec¡o del plan, con sus respectlvos rearustes e
¡nteresgg,
y
a los exced€nteg de cot¡zac¡ón
atlcudailoE."
'i
a)
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