Decisión nº C2110-16, de Consejo de Transparencia de 21 de Octubre de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 663577501

Decisión nº C2110-16, de Consejo de Transparencia de 21 de Octubre de 2016

Fecha de Resolución21 de Octubre de 2016
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaGrupos de interés especial

DECISIÓN AMPARO ROL C2110-16

Entidad pública: Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI)

Requirente: Christian Martínez Neira

Ingreso Consejo: 29.06.2016

En sesión ordinaria N° 748 del Consejo Directivo, celebrada el 21 de octubre de 2016, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C2110-16.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 15 de junio de 2016, don Christian Martínez Neira solicitó a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, en adelante e indistintamente CONADI "copia acta de compra de fundo Ginebra para la Comunidad Juan Ailla Varela, Título de Merced número 562. En específico, se solicita copia de listado de personas beneficiadas a la fecha de la compra (año 2003)". En sus observaciones, señaló que el "listado puede estar en acta de entrega o en información complementaria al título de la compra".

2) RESPUESTA: El 21 de junio de 2016, el Sr. Subdirector Nacional Sur de CONADI de Temuco respondió a dicho requerimiento de información mediante carta N° 664 de 17 de junio de 2016, señalando que se adjuntaba la documentación entregada por la Unidad de Tierras y Aguas de la Subdirección Nacional Sur. Esta corresponde a:

a) Copia de inscripción de dominio de inmueble comprado por Comunidad Indígena Juan Ailla Varela a Sociedad Agrícola La Selva Limitada, del año 2002.

b) Listado de miembros de Comunidad Indígena Juan Ailla Varela, con nombre de beneficiarios.

c) Acta de reunión de Comunidad Indígena Juan Ailla Varela de 1 de diciembre de 2009.

d) Antecedentes Generales de Comunidad Indígena Juan Ailla Varela, elaborada por la Subdirección Nacional Sur de CONADI.

3) AMPARO: El 29 de junio de 2016, don Christian Martínez Neira dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra de la Subdirección Nacional de Temuco de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, fundado en que la información entregada no corresponde a la solicitada. Además hizo presente que:

a) Lo requerido es un listado de beneficiarios con la compra del fundo Ginebra, en el momento que se hizo dicha...

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