LA CHIMBIROCA ORQUESTA CIRCO SpA - 19 de Noviembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 878368487

LA CHIMBIROCA ORQUESTA CIRCO SpA

Número de registroCVE-2043437
Fecha de publicación19 Noviembre 2021
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.107
CVE 2043437 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.107 | Viernes 19 de Noviembre de 2021 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2043437
EXTRACTO
BERNARDO MAURICIO ITURRA MUÑOZ, Notario Público Santiago, suplente del
titular don CLAUDIO HERNÁN MESINA SCHULZ, oficio Avenida Vicuña Mackenna 814
Ñuñoa; certifica: Por escritura pública hoy 08/Noviembre/2021, ante mi, Repertorio N°
946-2021; Don Tomás Alejandro Andrews Latorre, don Matías Andrés Rojas Guajardo, don
Renato Antonio Alvial Sánchez, don Simón Mariano Ardisana Bustamante, don Martín José
Feuerhake Garbarini, don Ignacio Antonio Bravo Loyola, don Cristián Eduardo Rubio Muñoz,
don Francisco Esteban Carrasco Palomera y don Luciano Bastián Aguirre Ormazabal,
constituyeron sociedad por acciones que operará: Razón social: “LA CHIMBIROCA
ORQUESTA CIRCO SpA”. Objeto: Será Banda de Música, Circo y Teatro y servicios de artistas
del espectáculo; representación de espectáculos de circo; representación de espectáculos de
variedades; producción musical; servicios de composición, autores de música y la organización
de toda clase de espectáculos públicos, semipúblicos o privados, de teatro, cine, televisión, circo,
musicales, de vídeo y de cintas magnetofónicas, así como las grabaciones y ediciones de éstas;
Comprar, vender, tomar y dar en arrendamiento, salas de espectáculos u otros locales al efecto;
de personas y/o espectáculos ahora o que lo esté en el futuro; y cualquier otro acto o negocio
lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u
otros que los socios acuerden.- Capital: un millón de pesos, dividido en mil acciones ordinarias,
nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, que se suscribe y paga en la forma que se
dirá en las disposiciones transitorias. Las acciones se pagarán en dinero efectivo o en otros
bienes. Demás estipulaciones, escritura extractada. Santiago 08 de Noviembre de 2021.-

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