Chilean Holding Suramericana SpA 76.243.448-2 - 10 de Agosto de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 940748322

Chilean Holding Suramericana SpA 76.243.448-2

Número de registroCVE-2359281
Fecha de publicación10 Agosto 2023
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.624
CVE 2359281 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.624 | Jueves 10 de Agosto de 2023 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 2359281
EXTRACTO
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Titular de la 43° Notaría Santiago,
con oficio calle Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 03 de
agosto de 2023, ante mí, Suramericana S.A., representada por don Augusto Cristian Bermúdez
Hoppe, ambos domiciliados en Avenida Providencia 1760, piso 4, comuna de Providencia,
Santiago, modificó la sociedad “Chilean Holding Suramericana SpA”, en adelante la “Sociedad”,
inscrita a fojas 73.675 Nº 51.195 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de
Santiago correspondiente al año 2012 en los siguientes términos: 1) “Artículo Quinto: El capital
de la sociedad es la suma de diecinueve mil ochocientos setenta y un millones ochocientos
cuarenta y seis mil quinientos cincuenta pesos, dividido en diecinueve mil ochocientos setenta y
dos acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal,
sin perjuicio de las modificaciones del capital y valor de las acciones que se produzcan de pleno
derecho en conformidad con la ley. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o en otros
bienes.”; 2) “Artículo Primero Transitorio: El capital de la sociedad ascendente a la suma de
diecinueve mil ochocientos setenta y un millones ochocientos cuarenta y seis mil quinientos
cincuenta pesos, dividido en diecinueve mil ochocientos setenta y dos acciones nominativas, sin
valor nominal, todas de una misma serie y de igual valor, se suscribe, entera y paga de la
siguiente forma: A) Con la suma de tres mil millones de pesos, equivalente a tres mil acciones
nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie y de igual valor, íntegramente suscritas
y pagadas a esta fecha; y B) Con la suma de dieciséis mil ochocientos setenta y un millones
ochocientos cuarenta y seis mil quinientos cincuenta pesos que se enterará mediante la emisión
de dieciséis mil ochocientas setenta y dos acciones de pago, nominativas, sin valor nominal,
todas de una misma serie y de igual valor, que se emitirán y deberán ser suscritas y pagadas ya
sea en dinero efectivo y/o con el aporte en dominio de acciones suscritas y pagadas emitidas por
INVERSIONES SURA CHILE S.A., por un valor de dos mil seiscientos treinta y ocho pesos por
acción. Las acciones de pago que se emitan se colocaran a un precio de novecientos noventa y
nueve mil novecientos noventa y un pesos cada una.”; y 3) “Artículo Cuarto: El objeto de la
sociedad será: a) Efectuar toda clase de inversiones, tanto en Chile como en el exterior, pudiendo
percibir los frutos civiles de toda clase de bienes de su propiedad, sean estos corporales o
incorporales, muebles o inmuebles, liquidar dichas inversiones y realizar cualquier otra actividad
civil acordada por sus socios; b) La compra y venta de acciones y derechos sociales con el objeto
de obtener una ganancia de capital derivada del desarrollo de dichas operaciones. Para los efectos
señalados en las letras a) y b) precedentes, la sociedad podrá adquirir por cualquier medio los
bienes que sean necesarios para la realización de sus negocios, sean estos corporales o
incorporales, muebles o inmuebles, ejerciendo libremente todas aquellas facultades que el
derecho de dominio concede al propietario de los mismos de acuerdo con la Ley; c) Como
también podrá desarrollar cualquier actividad comercial lícita que el o los socios acuerden,
incluyendo entre otras, las siguientes: i) la prestación de servicios en las diversas especialidades
de formación, entrenamiento, capacitación y administración de fuerzas de venta y equipos de
vendedores de seguros generales y vida; la asesoría técnica, económica y comercial para la
contratación de seguros de vida y generales; la prestación de servicios de cobranza y
recaudación; la prestación de todo tipo de asesorías y servicios administrativos, tales como
servicios de tasación, servicios de asistencia en general y de inspección de riesgos, como también
todo lo concerniente a servicios relacionados o que se desprendan de la Ingeniería de Riesgos,
tales como asesorías, consultorías, formaciones, capacitaciones, auditorias, análisis y gestión de
riesgos; ii) Compraventa, arrendamiento, importación y exportación de todo tipo de vehículos o
medios de transporte, sean estos, automóviles, buses, camiones, motocicletas y bicicletas, nuevas
o usados, incluyendo sus repuestos, motores, accesorios, partes y piezas, junto con todo lo
relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y
transporte de los mismos bienes, comprendiendo su embalaje y todas las gestiones necesarias

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