CHILAROM S.A. 96.549.960-1 - 17 de Enero de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 881807953

CHILAROM S.A. 96.549.960-1

Número de registroCVE-2072975
Fecha de publicación17 Enero 2022
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.154
CVE 2072975 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.154 | Lunes 17 de Enero de 2022 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 2072975
EXTRACTO
Juan Cristian Berrios Castro, Abogado, Notario Público Remplazante del Titular de la
Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, ambos con domicilio en
calle Huérfanos N°941, local 302, comuna de Santiago, certifico que con fecha 29 de diciembre
de 2021 ante el Titular, se redujo a escritura pública acta Junta Extraordinaria de Accionistas de
fecha 26 de noviembre de 2021, de “CHILAROM S.A.”, RUT N° 96.549.960-1, inscrita en
Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a Fojas 12.787, Número
6873, del Año 1988, en donde accionistas modificaron sociedad de la siguiente forma: A)
AUMENTO DE CAPITAL DE PLENO DERECHO: Dar cuenta que en razón del artículo 10°
Ley N°18.046, y por aprobación del balance, el capital ha aumentado de pleno derecho desde
$1.828.936.091.- a la cantidad de $1.886.893.603.- dividido en las mismas 384.506 acciones
nominativas, de una misma serie y sin valor nominal originales. B) APROBAR LA CREACIÓN
DE SERIES DE ACCIONES: Luego se acordó que capital de $1.886.893.603, se divida en las
mismas 384.506 acciones, de las cuales 384.468 acciones corresponderán a la “Serie A” o
“Preferidas” y 38 acciones corresponderán a la “Serie B” u “Ordinarias”, todas nominativas y sin
valor nominal; con las preferencias que se indican luego. C) AUMENTO DE CAPITAL:
Finalmente, se acordó aumentar el capital social desde $1.886.893.603, dividido en 384.506
acciones, que corresponden a 384.468 acciones “Serie A” o “Preferidas”, y 38 acciones “Serie
B” u “Ordinarias”; todas nominativas y sin valor nominal, a $2.334.717.603.- dividido en
538.682 acciones, que corresponderán a 457.880 acciones “Serie A” o “Preferidas”, y 80.802
acciones “Serie B” u “Ordinarias”; es decir, aumento en $447.824.000, en razón de emisión de
154.176 acciones de pago, las cuales corresponden a 73.412 acciones “Serie A” o “Preferidas”
por valor de $367.060.000, y 80.764 acciones de pago “Serie B” u “Ordinarias” por valor de
$80.764.000; las que deberán ser suscritas y pagadas dentro de 3 años contados desde fecha
junta, en dinero efectivo o especies. Las acciones de pago emitidas quedaron íntegramente
suscritas y fueron o serán pagadas según se indica a continuación. D) MODIFICACIÓN DE
ESTATUTOS EN RAZÓN DE AUMENTO DE CAPITAL: En razón de lo anterior decidieron
modificar artículo cuarto y artículo segundo transitorio de estatutos reemplazándolos por los
siguientes: -.“Artículo Cuarto: El capital social es la suma de $2.334.717.603.- dividido en
538.682 acciones, las que corresponderán a 457.880 acciones de la “Serie A” o “Preferidas”, y a
80.802 acciones de la “Serie B” u “Ordinarias”; todas nominativas y sin valor nominal, las cuales
serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. Las acciones de la “Serie A” o
“Preferidas”, gozarán durante un plazo de 10 años contados a partir de la fecha de esta escritura,
o hasta el fallecimiento de doña María Luciana Gozo Marchese, lo que suceda primero, de los
siguientes derechos: a) Derecho a percibir un dividendo preferente de hasta el 95% de las
utilidades de Chilarom S.A., el cual se pagará con preferencia a las acciones de “Serie B” u
“Ordinarias”. Dicho dividendo será distribuido según la proporción en la participación de los
accionistas de la Serie A en el total de las acciones de dicha serie. Los accionistas de las acciones
“Serie A” o “Preferidas” deberán ejercer dicho derecho, total o parcialmente, en junta ordinaria
de accionistas de la Sociedad, para cuyos efectos sólo los accionistas titulares de dicha serie
tendrán derecho a voto en la mencionada materia. En el caso de no ejercerse este derecho o
ejerce parcialmente, se entenderá que los accionistas de las acciones “Serie A” o “Preferidas”
han renunciado a su derecho, distribuyéndose las utilidades que originalmente les correspondía
por dicha preferencia, entre todos los accionistas de la Sociedad, tanto de la Serie A como de la
Serie B a prorrata de su participación en ella; y, b) Derecho a elegir a la totalidad de los
directores de Chilarom S.A. Una vez cumplida la condición o el plazo antes señalado, en el cual
las acciones “Serie A” o “Preferidas” tendrán las preferencias ya indicadas, las acciones “Serie
A” o “Preferidas” se transformarán de pleno derecho a acciones “Serie B” u “Ordinarias”,
eliminándose además la distinción entre series de acciones, aplicando las normas supletorias de
la ley de sociedades anónimas”.-.“Artículo Segundo Transitorio: El capital de la sociedad, que

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