CHEPICA A3 / SCM Paicaví S.A. - 31 de Diciembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 854421463

CHEPICA A3 / SCM Paicaví S.A.

Fecha de publicación31 Diciembre 2020
Número de registroCVE-1873635
SecciónBoletín Oficial de Minería
EmisorVII REGIÓN DEL MAULE
Número de Gaceta42.843
CVE 1873635 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública VII
SECCIÓN
PEDIMENTOS, MANIFESTACIONES, SOLICITUDES DE MENSURA, EXTRACTOS DE SENTENCIA
Núm. 42.843 | Jueves 31 de Diciembre de 2020 | Página 1 de 2
BOLETÍN OFICIAL DE MINERÍA
CVE 1873635
1280 N° 402
PEDIMENTO MINERO
CHEPICA A3
SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA PAICAVI S.A.
REP. 388
Talca, a veintitrés de diciembre del año dos mil veinte.- con esta fecha procedo a inscribir lo
siguiente: “Materia: Pedimento Minero P02 Procedimiento: Voluntario Solicitante: Sociedad
Contractual Minera Paicavi S.A. Rut: 76.914.444-7 Representante: Fernando Rodrigo Gattas
Beher Rut: 8.122.593-1. EN LO PRINCIPAL: Pedimento Minero. OTROSÍ: Acredita Personería
S.J.L. FERNANDO RODRIGO GATTAS BEHER, chileno, casado, ingeniero agrónomo, cédula
nacional de identidad N° 8.122.593-1, en representación, según se acreditará, de “SOCIEDAD
CONTRACTUAL MINERA PAICAVI S.A.”, persona jurídica chilena del giro minero, rol único
tributario N° 76.914.444-7, ambos con domicilio en Parcela 10 Matancilla, Comuna Pencahue,
Ciudad Talca, a US. respetuosamente digo: Que, deseo constituir para mi representada una
concesión minera de exploración de sustancias concesibles, sobre una superficie de 300
hectáreas. Su punto medio se encuentra ubicado en la Comuna de Pencahue, Provincia de Talca,
Región del Maule y cuyas coordenadas U.T.M. son las siguientes 6.084.500,00 metros Norte y
240.500,00 metros Este, referidos al Elipsoide Internacional de 1924, Datum Sudamericano la
Canoa 1956, zona 19. Para efecto de constituir la correspondiente concesión de exploración,
vengo en presentar este pedimento, solicitando otorgue a mi representada una concesión minera
de exploración que se denominará “CHEPICA A3”. El terreno pedido es el comprendido dentro
de un rectángulo trazado en el plano horizontal, cuyas diagonales se cortan en el punto medio ya
indicado, y cuyo perímetro encierra la totalidad de las hectáreas pedidas. Los lados de la
configuración, en su orientación Norte-Sur U.T.M. medirán 3.000 metros, y los otros dos en su
orientación Este-Oeste U.T.M. medirán 1.000 metros. POR TANTO, de acuerdo a lo dispuesto
por los artículos 34 y siguientes del Código de Minería; RUEGO A S.S.: Se sirva tener por
presentado este pedimento minero, certificando la fecha y hora de presentación a través de la
oficina judicial virtual, además de ordenar su inscripción y publicación en conformidad a la ley,
y en definitiva declarar constituida la concesión minera de exploración de mi representada,
denominada “CHEPICA A3”, además en atención a lo dispuesto en la Ley 20.886 sobre
tramitación electrónica, la copia a que se refiere el artículo 50 de Código de Minería, se
obtendrán de la página las que las cuales lleva la firma electrónica avanzada y su código de
verificación. OTROSÍ: Por este acto vengo en acompañar copia de la escritura pública de fecha
23 de agosto de 2018, otorgada ante la Notaria de Talca de don Hector Ferrada Escobar, en la
cual consta mi personería para representar SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA PAICAVI
S.A. POR TANTO, Ruego A S.S. tener por acreditación de mi personería.- NOMENCLATURA:
1. [4690] Ordena Inscribir y Publicar 2. [4722] Certifíquese JUZGADO: 2° Juzgado de Letras de
Talca CAUSA ROL: V-370-2020 CARATULADO: SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA
PAICAVI S.A/ Talca, diez de Diciembre de dos mil veinte. A lo principal: En vista de la
escritura pública acompañada y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 36 del Código de
Minería, téngase por cumplido lo ordenado en resolución de folio 2: y por acreditada la
personería para actuar en representación de SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA PAICAVI
S.A. Al otrosí: Estese a lo que se resolver. Proveyendo derechamente la presentación de folio 1:
A lo principal: Téngase por solicitado el pedimento minero; inscríbase y publíquese. Certifíquese
por el Sr. Secretario(s) del Tribunal en conformidad al artículo 47 del Código de Minería.
Extraiga la parte interesada las piezas del proceso que requiera directamente desde la carpeta
digital. Al otrosí: Téngase presente la personería que invoca y por acompañado el documento sin
perjuicio de darse cumplimiento, es su oportunidad, a lo dispuesto en la parte final del artículo 36
del Código de Minería. En Talca, a diez de Diciembre de dos mil veinte, se notificó por el estado
diario, la resolución precedente. Documento con Firma Electrónica Avanzada.-

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