Decisión nº C583-16, de Consejo de Transparencia de 22 de Marzo de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 650457357

Decisión nº C583-16, de Consejo de Transparencia de 22 de Marzo de 2016

Fecha de Resolución22 de Marzo de 2016
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaMunicipalidades, Otros, especificar, Transporte

DECISIÓN AMPARO ROL C583-16

Entidad pública: Municipalidad de O’Higgins.

Requirente: César Uribe Leiva.

Ingreso Consejo: 22.02.2016.

En sesión ordinaria N° 693 de su Consejo Directivo, celebrada el 22 de marzo de 2016, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C583-16.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 26 de enero de 2016, don César Uribe Leiva realizó una presentación a la Municipalidad de O’Higgins, a través de la cual solicitó información relacionada con permiso de circulación del año 2015, de la totalidad de vehículos registrados en la comuna. Específicamente, solicitó patente, código SII, y año del vehículo.

2) Que, con fecha 03 de febrero de 2016, la Municipalidad de O’Higgins deniega el acceso a la información, fundado en que los datos son considerados de carácter personal, de conformidad a lo señalado en la decisión de amparo Rol C469-14.

3) Que, con fecha 22 de febrero de 2016, don César Uribe Leiva dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra de la Municipalidad de O’Higgins, fundado en que se otorgó respuesta negativa a su solicitud de información.

4) Que, este Consejo acordó admitir a tramitación el presente amparo y derivarlo a la Unidad de Análisis de Admisibilidad y SARC de esta Corporación, encargada del "Sistema Anticipado de Resolución de Controversias" (SARC), a fin de realizar las gestiones necesarias con el objeto de obtener por parte del organismo reclamado...

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