Certificado N° 5, sobre situación tributaria de retiros correspondientes al titular de una EIRL. socios de sociedades de personas, socios de sociedades de hecho, socios gestores de sociedades en comandita por acciones o comuneros - Núm. 44, Febrero 2017 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 703709473

Certificado N° 5, sobre situación tributaria de retiros correspondientes al titular de una EIRL. socios de sociedades de personas, socios de sociedades de hecho, socios gestores de sociedades en comandita por acciones o comuneros

Páginas311-315
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Declaraciones Juradas
Año Tributario 2017
5.- CERTIFICADO N° 5, SOBRE SITUACIÓN TRIBUTARIA DE RETIROS
CORRESPONDIENTES AL TITULAR DE UNA EIRL. SOCIOS DE SOCIEDADES
DE PERSONAS, SOCIOS DE SOCIEDADES DE HECHO, SOCIOS GESTORES DE
SOCIEDADES EN COMANDITA POR ACCIONES O COMUNEROS.
INSTRUCCIONES PARA CONFECCIONAR EL CERTIFICADO MODELO Nº5
Este Certicado deben emitirlo las EIRL, Sociedades de Personas, Sociedades de Hecho,
Sociedades en Comandita por Acciones y las Comunidades acogidas, ya sea, a los regímenes
de tributación de los Artículos 14 letra A) ó 14 bis de la Ley de la Renta, informando a sus
propietarios, socios, socios gestores o comuneros, cualquiera que sea su condición jurídica,
la situación tributaria de los retiros, que correspondan a tales personas y de los créditos
a que dan derecho a los referidos retiros, todo ello para los nes de su declaración en los
Impuestos Global Complementario o Adicional, según corresponda, o bien, para su debida
contabilización en los registros contables de las empresas, socias o comuneras no obligadas,
por esas rentas, a declarar impuestos anuales a la renta.
Columna (1): Se deben anotar los meses del año comercial correspondiente en los cuales
se efectuaron los retiros.
Columna (2): Se anota el concepto de los retiros efectuados, anotando en dicha columna
lo siguiente, según el concepto del retiro: Exceso de Retiro del Ejercicio Anterior; Retiro por
Renta Presunta o Retiro Efectivo. Si el concepto de uno o más retiros se da en un mismo
mes, se anotan en forma separada repitiendo el mismo mes con el concepto del retiro que
corresponda.
El concepto “Exceso de Retiro Traspasado” corresponde a la cesión de excesos de retiros
por concepto de enajenación de derechos sociales, cuyo cesionario se identica en el mismo
certicado, en cuyo caso sólo deberá llenar las columnas (2) y (11).
Cuando los excesos de retiros traspasados a los cesionarios de derechos sociales sean
imputados a utilidades tributables en el mismo año tributario en que adquirieron tales
derechos, o en años tributarios siguientes, la operación deberá informarse como un retiro del
ejercicio.
Cabe señalar, que todo exceso de retiro que se certique, corresponde a los generados hasta
el 31.12.2014, dado que a contar del 1° de enero de 2015, no se podrán generar nuevos
retiros en exceso (Circular N°10 de 2015).
Columna (3): Se registra el monto o valor histórico de los retiros efectivos efectuados en
cada mes por los propietarios, socios, socios gestores o comuneros, incluyendo los excesos
de retiros que quedaron pendientes de tributación en ejercicios anteriores, de acuerdo a lo
dispuesto en la letra b) del N° 1, letra A) del Artículo 14 de la Ley de la Renta.
Se hace presente que los retiros destinados a reinversión según las normas del N° 2,
de la letra A), del Artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta no se informan en este
Certicado, sino que en el Certicado N° 16 que se detalla más adelante.
Columna (4): Se deben anotar los factores de actualización correspondientes a cada mes y
para los excesos de retiros de años anteriores que se imputan a las utilidades tributables en
el año tributario en que se presenta este Certicado, según publicación efectuada por el SII.
Columna (5): Se debe registrar el valor que resulte de multiplicar las cantidades de la columna
(3) por los factores de actualización de la columna (4).

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