Certificado n° 44, sobre situación tributaria de dividendos, remesas, distribuciones, devoluciones de capital o rescate de cuotas de fondos de inversión, repartidos por sociedades administradoras de fondos de inversión públicos, fondos mutuos y fondos de inversión privados, de acuerdo al art. 81 n°s 1 y 2 de la ley n° 20.712 (art. 1° ley n° 20.712/14) y no acogidos a los arts. 42 bis y 57 bis de la lir - Núm. 103, Enero 2022 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 893649967

Certificado n° 44, sobre situación tributaria de dividendos, remesas, distribuciones, devoluciones de capital o rescate de cuotas de fondos de inversión, repartidos por sociedades administradoras de fondos de inversión públicos, fondos mutuos y fondos de inversión privados, de acuerdo al art. 81 n°s 1 y 2 de la ley n° 20.712 (art. 1° ley n° 20.712/14) y no acogidos a los arts. 42 bis y 57 bis de la lir

AutorXimena Pérez Brito
Páginas397-403
397
DECLARACIONES JURADAS AÑO TRIBUTARIO 2022
Columna (46): Se debe informar el crédito por IPE que han sido acumulados hasta
el 31.12.2016, en base a lo estipulado en los artículos 41A y 41C de la LIR, que son
imputables a los impuestos Global Complementario o Adicional
Columna (47): Se debe anotar el monto del crédito por Impuesto Tasa Adicional del Ex-
Artículo 21 que procede rebajarse de los Impuestos Global Complementario o Adicional,
conforme a lo establecido por el artículo 3° transitorio de la Ley N° 18.775 de 1989.
Sólo en el caso de Fondos de Inversión Ley N° 18.815 de 1989: Información para
Franquicia Tributaria del anterior texto del artículo 32 de dicha ley.
Las sociedades administradoras de fondos de inversión públicos, existan o no
distribuciones durante el ejercicio, deberán proporcionar de todas maneras a los
aportantes, para los efectos de la rebaja tributaria a que se reere el anterior texto
del artículo 32 de la Ley N° 18.815, la siguiente información:
· Número de Cuotas de Participación de que sus aportantes sean primeros
dueños, adquiridas con anterioridad al 4 de junio de 1993, según Registro de
Inversionistas.
· Monto invertido efectivamente en Cuotas de Participación, actualizado al 31
de diciembre del año respectivo, con el desfase de un mes que contempla la
ley, expresándose el porcentaje de actualización a aplicar con un solo decimal,
aproximando al décimo superior toda fracción igual o superior a 5 centésimos
(Circular N° 56 de 1993).
Nota: Cada dato del recuadro “Franquicias Tributarias del Ex-Art. 32 de la Ley
N° 18.815/89, debe completarse de acuerdo a la información que proporcionan sobre
la misma materia las respectivas sociedades administradoras de fondos de inversión.
30.- CERTIFICADO N° 44, SOBRE SITUACIÓN TRIBUTARIA DE DIVIDENDOS,
REMESAS, DISTRIBUCIONES, DEVOLUCIONES DE CAPITAL O RESCATE
DE CUOTAS DE FONDOS DE INVERSIÓN, REPARTIDOS POR SOCIEDADES
ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE INVERSIÓN PÚBLICOS, FONDOS
MUTUOS Y FONDOS DE INVERSIÓN PRIVADOS, DE ACUERDO AL ART. 81
N°S 1 Y 2 DE LA LEY N° 20.712 (ART. 1° LEY N° 20.712/14) Y NO ACOGIDOS
A LOS ARTS. 42 BIS Y 57 BIS DE LA LIR.
INSTRUCCIONES PARA CONFECCIONAR EL CERTIFICADO MODELO N° 44
Este Certicado debe ser emitido por las Sociedades Administradoras de Fondos de
Inversión, de Fondos Mutuos y de Fondos de Inversión Privados (en adelante “Fondo”
o “Fondos”) que efectuaron distribuciones, certicando a los aportantes la situación
tributaria de los benecios distribuidos, devoluciones de capital o rescate de cuotas
durante el ejercicio comercial anterior y los correspondientes créditos, que permita a
éstos dar cumplimiento oportuno de sus obligaciones tributarias, en conformidad a lo
establecido en el artículo N°81, 82 y 86 de la ley que regula la administración de fondos
de terceros y carteras individuales (Ley N° 20.712, de 2014).
CERTIFICADOS

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