Certificado n° 37, sobre cumplimientos del requisito de asistencia de alumnos de enseñanza preescolar, basica, diferencial y media matriculados, para la procedencia del credito por gastos relacionados a educacion del art. 55 ter Ley de la Renta - Núm. 103, Enero 2022 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 893649877

Certificado n° 37, sobre cumplimientos del requisito de asistencia de alumnos de enseñanza preescolar, basica, diferencial y media matriculados, para la procedencia del credito por gastos relacionados a educacion del art. 55 ter Ley de la Renta

AutorXimena Pérez Brito
Páginas385-385
385
DECLARACIONES JURADAS AÑO TRIBUTARIO 2022
24.- CERTIFICADO N° 36, SOBRE DEPÓSITOS CONVENIDOS REALIZADOS
DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ART. 20 DEL D.L 3.500 DE 1980.
INSTRUCCIONES PARA CONFECCIONAR EL CERTIFICADO MODELO N° 36
COLUMNA (1): Se deben anotar los meses del año comercial correspondiente en
los cuáles el trabajador acordó con su empleador realizar depósitos convenidos.
COLUMNA (2): Se debe registrar el N°de RUT del empleador que efectúa los
depósitos convenidos acordados con el trabajador.
COLUMNA (3): Se debe anotar el monto en UF, de los depósitos convenidos
enterados mensualmente por el empleador identicado en columna (2). En caso
que el trabajador haya acordado efectuar depósitos convenidos con más de un
empleador, se debe registrar por cada empleador el monto en UF correspondiente
al mes indicado en Columna (1).
25.- CERTIFICADO N° 37, SOBRE CUMPLIMIENTOS DEL REQUISITO DE
ASISTENCIA DE ALUMNOS DE ENSEÑANZA PREESCOLAR, BASICA,
DIFERENCIAL Y MEDIA MATRICULADOS, PARA LA PROCEDENCIA DEL
CREDITO POR GASTOS RELACIONADOS A EDUCACION DEL ART. 55 TER
LEY DE LA RENTA
Este Certicado lo emite la Institución de Enseñanza, Municipalidad o Corporación
Municipal, para acreditar que el alumno (a) matriculado cumple o no con el requisito
de asistencia para la procedencia del crédito establecido en el artículo 55 Ter de la
Ley de la Renta y que está establecido en la Resolución del Servicio de Impuestos
Internos N° 24, publicada en el Diario Ocial de 22.02.2013.
26.- CERTIFICADO N° 38, SOBRE DESEMBOLSOS Y OTRAS PARTIDAS O
CANTIDADES A QUE SE REFIERE EL INCISO TERCERO DEL ARTÍCULO 21
DE LA LIR.
INSTRUCCIONES PARA CONFECCIONAR EL CERTIFICADO MODELO N° 38
Este Certicado debe ser emitido por la empresa individual de responsabilidad
limitada (EIRL), establecimientos permanentes (EP), sociedades anónimas,
sociedades de hecho, sociedades por acciones, sociedades en comandita por
acciones, comunidades y sociedades de personas, que declaren sus rentas
efectivas de acuerdo a un balance general según contabilidad completa, y por los
contribuyentes acogidos al artículo 14, letra D, Nº 3, según lo dispuesto en el artículo
68 letra c), ambos de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), que incurrieron en los
desembolsos, partidas o cantidades a que se reere el artículo 21 inciso 3° de dicha
ley durante el ejercicio comercial respectivo.
Debe ser emitido también por las administradoras de fondos de inversión, por
los desembolsos u operaciones señaladas en los numerales (i), cuando dichos
CERTIFICADOS

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