Certificado N° 28, acredita donaciones efectuadas al fondo mixto de apoyo social, según n° 2 artículo 1° ley n° 19.885, ley de donaciones con fines sociales - Núm. 44, Febrero 2017 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 703709601

Certificado N° 28, acredita donaciones efectuadas al fondo mixto de apoyo social, según n° 2 artículo 1° ley n° 19.885, ley de donaciones con fines sociales

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Declaraciones Juradas
Año Tributario 2017
23.- CERTIFICADO N° 27, SOBRE SEGUROS DOTALES CONTRATADOS A CONTAR
DEL 7 DE NOVIEMBRE DE 2001.
INSTRUCCIONES PARA CONFECCIONAR EL CERTIFICADO MODELO N° 27
Este Certicado debe ser emitido por las Compañías de Seguros, a los beneciarios
o asegurados a quienes se les hayan pagado cantidades con cargo a seguros dotales
contratados a contar del 7 de noviembre de 2001, de acuerdo a lo establecido en el inciso
segundo del N° 3 del Artículo 17 de la Ley de la Renta.
Dicho Certicado se confeccionará de acuerdo con las siguientes instrucciones:
Columna (1): Registre el mes en que se efectúo el pago de las sumas con cargo a seguros
dotales y la retención del 15% establecida en el inciso segundo del N° 3 del Artículo 17 de la
Ley de la Renta.
Columna (2): Se registra el detalle mensual de las sumas pagadas con cargo a seguros
dotales contratados por el contribuyente. Las sumas pagadas deberán registrarse en esta
columna debidamente reajustadas según la variación del Índice de Precios al Consumidor
ocurrida entre el primero del mes anterior a la fecha del pago y el primero del mes de
noviembre del año calendario respectivo.
Columna (3): Registre la parte de las sumas pagadas con cargo a seguros dotales afecta
a los impuestos a la renta, debidamente actualizadas y determinadas en conformidad a
lo dispuesto por el inciso segundo del N° 3 del Artículo 17 de la Ley de la Renta y a las
instrucciones impartidas por el SII a través de la Circular N° 28, de 03.04.2002.
Columna (4): Se registra la retención de 15% dispuesta por el inciso segundo del N° 3
del Artículo 17 de la Ley de la Renta, debidamente reajustada en la forma dispuesta por el
Artículo 75 de la ley del ramo, esto es, de acuerdo al porcentaje de variación que experimente
el Índice de Precios al Consumidor en el período comprendido entre el último día del mes
anterior al de su retención y el último día del mes de noviembre del año calendario respectivo.
Se deja constancia que los valores que se informen deben coincidir exactamente con la
información que se proporcione al SII por cada contribuyente, mediante el Formulario N°
1834.
24.- CERTIFICADO N° 28, ACREDITA DONACIONES EFECTUADAS AL FONDO MIXTO
DE APOYO SOCIAL, SEGÚN N° 2 ARTÍCULO 1° LEY N° 19.885, LEY DE DONACIONES
CON FINES SOCIALES.
INSTRUCCIONES PARA CONFECCIONAR EL CERTIFICADO N° 28
Este documento debe ser emitido por el Ministerio de Planicación (MIDEPLAN), como
encargado del Fondo Mixto de Apoyo Social, regulado por el Art. 3° del Título I de la Ley
19.885 del año 2003, por las donaciones con nes sociales recibidas en el año comercial
correspondiente.
El certicado se confeccionará de acuerdo con las siguientes instrucciones:
1. FOLIO N°: Debe indicarse el número del certicado en forma impresa y correlativa.
2. CIUDAD y FECHA DE EMISIÓN CERTIFICADO: Debe indicarse la ciudad y la fecha en
que se emitió el certicado.

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