Certificado Aprueba reforma a estatutos de Digital Payments Prepago S.A., por resolución N° 8.367, de 2021 - 11 de Enero de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 879950705

Certificado Aprueba reforma a estatutos de Digital Payments Prepago S.A., por resolución N° 8.367, de 2021

Fecha de publicación11 Enero 2022
Número de registroCVE-2069222
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Número de Gaceta43.149
CVE 2069222 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.149 | Martes 11 de Enero de 2022 | Página 1 de 1
Normas Particulares
CVE 2069222
MINISTERIO DE HACIENDA
Comisión para el Mercado Financiero
CERTIFICADO
Certifico que por resolución N° 8.367, de fecha 30 de diciembre de 2021, de la Comisión
para el Mercado Financiero, se aprobó la reforma introducida a los estatutos de la sociedad
anónima especial denominada Digital Payments Prepago S.A., acordada en Juntas
Extraordinarias de Accionistas celebradas en Santiago de Chile el 14 de julio y el 26 de
noviembre de 2021, cuyas actas fueron reducidas a escritura pública con fecha 2 de agosto y 3 de
diciembre de 2021, respectivamente, en la Notaría de Santiago de don Francisco Javier Leiva
Carvajal.
Extracto de la Reforma:
1. Se acordó aumentar el capital social a la suma de $3.312.615.283, dividido en 454.771
acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal y de igual valor cada una,
que se compone como sigue:
a) Con la suma de $728.413.940, dividida en 100.000 acciones ordinarias, nominativas, de
una sola serie, sin valor nominal y de igual valor cada una, íntegramente suscritas y pagadas.
b) Con la suma de $2.584.201.343, dividida en 354.771 acciones ordinarias, nominativas, de
una sola serie, sin valor nominal y de igual valor cada una, a emitir, suscribir y pagar, dentro del
plazo de 3 años contado desde el 14 de julio de 2021, con cargo al aumento de capital acordado
en Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con esa misma fecha.
2. Se acordó modificar el artículo quinto permanente y el artículo primero transitorio de los
estatutos sociales.
Santiago, 30 de diciembre de 2021.- Por orden del Consejo de la Comisión para el Mercado
Financiero, Luis Figueroa de la Barra, Director General de Regulación Prudencial.

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