Decreto 378 EXENTO - CERTIFICA EXTINCIÓN DE CONCESIÓN DE SERVICIO DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN AMPLITUD MODULADA PARA LA CIUDAD DE CONCEPCIÓN
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
Fecha de entrada en vigor | 8 de Junio de 2012 |
CERTIFICA EXTINCIÓN DE CONCESIÓN DE SERVICIO DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN AMPLITUD MODULADA PARA LA CIUDAD DE CONCEPCIÓN
Santiago, 10 de mayo de 2012.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 378 exento.- Vistos:
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El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
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La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
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La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
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El decreto supremo N° 126, de 1997, modificado por el decreto supremo N° 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
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El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; y
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El decreto supremo N° 4.449, de 10.07.1958, del Ministerio del Interior, que otorgó una concesión de radiodifusión sonora en amplitud modulada, para la ciudad de Concepción, transferida a su actual titular sociedad María Nelly Fonseca Álvarez Radiodifusión E.I.R.L., mediante decreto supremo N° 65, de 13.05.2009, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Considerando:
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Que, la sociedad María Nelly Fonseca Álvarez Radiodifusión E.I.R.L. es titular de una concesión de radiodifusión sonora en amplitud modulada, para la ciudad de Concepción, señal distintiva CC-89;
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Que, en el concurso correspondiente al primer cuatrimestre de 2009 se llamó a la renovación de la concesión, siendo la única postulante para la ciudad de Concepción, frecuencia 890 kHz;
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Que, mediante resolución exenta N° 7.244, de 22.12.2011, publicada en extracto el 12.01.2012 en el sitio web de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, dejó sin efecto la asignación y declaró desierto el concurso correspondiente al primer cuatrimestre de 2009, la ciudad de Concepción; y,
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Que, al declararse desierto el concurso, acarrea como consecuencia, que la vigencia se extiende hasta que sea publicada dicha resolución y termine el período de oposición, esto es al 26.01.2012, sin que se haya efectuado reclamación en ese período, y en uso de mis atribuciones,
Decreto:
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