Centrales sindicales evalúan reclamar ante la justicia por norma de la Dirección del Trabajo
Como un retroceso respecto de la reforma laboral -implementada desde abril de 2017- percibieron las centrales sindicales la actualización de la norma que emitió la Dirección del Trabajo (DT) a mediados de enero. Esta establece que las entidades públicas o privadas que reciban más de un 50% de aportes estatales, en cualquiera de los dos últimos años calendario, no podrán negociar colectivamente.Arturo Martínez, quien encabeza la Central de Trabajadores de Chile (CTCh), señaló que el nuevo dictamen no se ajusta a la ley. "Vamos a recurrir al Tribunal, porque no se ajusta a la legalidad vigente. Si eso es así, hay una interpretación que busca un retroceso en la ley de negociación colectiva y el director del Trabajo no está actuando como corresponde, porque esas empresas públicas no se rigen por el estatuto administrativo, se rigen por el Código del Trabajo y, por tanto, tienen que ser tratadas como tales en todo aspecto", agregó Martínez.Una visión similar tuvo Horacio Fuentes, consejero nacional de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) y presidente de Constramet, quien enfatizó en que negociar colectivamente es un derecho consagrado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT). "Esto, de alguna u otra manera, ratifica que la actual administración de Sebastián Piñera está con la lógica de barrer con lo poco y nada que hay favorable hacia los trabajadores", dijo Fuentes. El dirigente sindical advirtió que como Central no se quedarán con los brazos cruzados y que recurrirán a todas las instancias que sean necesarias, ya sea judicial o movilizaciones.Respecto de la intención de las centrales de recurrir a la justicia, el director de la Dirección del Trabajo, Mauricio Peñaloza, afirmó que "está siempre el derecho de las partes a reclamar judicialmente respecto del pronunciamiento que hacemos en cada uno de los casos".Tal como consignó el Diario Financiero ayer, el texto publicado por el organismo regulador del Trabajo actualizó la interpretación del artículo 304 del Código del Trabajo. Si bien antes solo se consideraba aporte del Estado cuando este estaba establecido en la glosa del Presupuesto de la Nación, con la nueva normativa se incorporó el financiamiento que se da a entidades a través de fondos públicos con o sin la existencia de efectuar una contraprestación por los fondos otorgados. Por tanto, desde hace algunas semanas también podrán ser impedidas de negociar colectivamente las empresas públicas o privadas que reciban más del...
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