Celis - Arias - 1 de Octubre de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 911734816

Celis - Arias

Fecha de publicación01 Octubre 2022
Número de registroCVE-2188796
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.366
CVE 2188796 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.366 | Sábado 1 de Octubre de 2022 | Página 1 de 4
Publicaciones Judiciales
CVE 2188796
NOTIFICACIÓN
SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO, Merced 360,
Santiago. En autos RIT M-3099-2021, RUC 21-4-0376675-2, caratulados “CELIS/ARIAS”, se
ha ordenado notificar por avisos lo siguiente: EXTRACTO DE LA DEMANDA: Johana
Alexandra Celia Bedoya, auxiliar de aseo, de nacionalidad colombiana, cédula nacional de
identidad Nº 26.839.928-3, domiciliada para estos efectos en Morandé Nº835, oficina Nº1314,
comuna y ciudad de Santiago, vengo a interponer demanda en procedimiento monitorio por
despido sin causa legal, nulidad de finiquito, nulidad del despido y cobro de prestaciones e
indemnizaciones laborales, en contra de mi ex empleadora doña Carolina Andrea Arias Núñez,
cédula nacional de identidad Nº 10.894.447-1, desconozco profesión u oficio, domiciliada en la
Avenida Walker Martínez Nº1100, comuna de La Florida, ciudad de Santiago, Región
Metropolitana y en calidad de coempleador en contra la empresa Gestión Inmobiliaria Carolina
Arias Núñez E.I.R.L., RUT Nº 76.556.686-K, representada legalmente por doña Carolina Andrea
Arias Núñez, cédula nacional de identidad Nº 10.894.447-1, ambos domiciliados en la Avenida
Walker Martínez Nº1100, comuna de La Florida, ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Lo
anterior a fin de que se declare el despido que fui objeto carece de causa legal y es nulo, que el
finiquito suscrito es nulo, y en consecuencia, se obligue a las demandadas al pago de las
indemnizaciones y demás prestaciones que señalaré, en atención a los siguientes fundamentos:
Con fecha 10 de mayo de 2021, inicié una relación laboral con mi empleadora doña Carolina
Andrea Arias Núñez, para la cual me desempeñaba como "auxiliar de aseo”, prestando mis
servicios en la comunidad Walker Martínez, ubicada en la Avenida Walker Martínez Nº1100,
comuna de La Florida, ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Se suscribió contrato en la
misma fecha, del cual no poseo una copia y era de duración INDEFINIDA. Sin perjuicio de ello,
en virtud del carácter consensual que tiene todo contrato de trabajo, es dable concluir que se
constituye asimismo como empleador todo aquel que realice actos como tal. Así las cosas,
siempre preste mis servicios para la empresa Gestión Inmobiliaria Carolina Arias Núñez
B.I.R.L., siendo a favor de esta todas las tareas que realizaba, recibiendo órdenes o instrucciones
por parte de doña Carolina Andrea Arias Núñez a favor de la empresa. Asimismo, doña Carolina
Andrea Arias Núñez quien es la dueña supervisaba el desarrollo de mis labores y evaluaba la
culminación satisfactoria de las mismas las cuales eran a favor de la empresa. La jornada de
trabajo pactada estaba distribuida de lunes a viernes desde las 08:00 hasta las 18:00 horas.
Conforme a lo dispuesto por el artículo 172 del Código del Trabajo, mi remuneración mensual
correspondía a la suma de $540.000 pesos, de acuerdo con el principio de la realidad. La
remuneración se compone de sueldo base de $450.000 pesos, a lo que cabe agregar lo que
hubiere correspondido pagar el empleador por concepto de cotizaciones previsionales. La
relación laboral transcurrió con normalidad, desempeñándome adecuadamente en mis funciones,
cumpliendo con todas las obligaciones que me imponía mi contrato y con las órdenes que me
impartía mi jefe. Así, hasta el día de mi despido, esto es el 09 de julio de 2021, no tuve ningún
inconveniente en el desarrollo de mis labores. Es importante relatar los hechos que ocurrieron
con anterioridad al despido: desde el inicio de la relación laboral recibía maltratos de parte de mi
empleadora doña Carolina Andrea Arias Núñez y aunado a ello soportaba un exceso de carga
laboral ya que muchos de los trabajadores de su empresa eran familiares de ella que al no realizar
sus funciones yo tenía que suplirlas sin cuestionar, en vista de esto le solicite a doña Carolina un
aumento de remuneración que cubriera la carga de trabajo excesiva, quien me indico que lo
evaluaría. Con fecha 09 de julio de 2021, le pregunté a doña Carolina que pasaría con el
aumento, respondiéndome que no merecía eso, le expliqué que consideraba que la carga laboral
era mucha ya que realizaba las funciones de varios trabajadores, a lo cual me respondió alterada
que así no podía trabajar conmigo, que me retirara de las instalaciones ya que estaba despedida,
le pedí que reconsiderara la decisión ya que ese trabajo era mi única fuente de ingreso
económico, pero hizo caso omiso a mi comentario y me reitero que me retirara de las

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR