Causa Nº 8459-2017 (Casación Fondo) Corte Suprema - Sala Cuarta Mixta, 26/09/2018 - Jurisprudencia - VLEX 743535757

Causa Nº 8459-2017 (Casación Fondo) Corte Suprema - Sala Cuarta Mixta, 26/09/2018

JuezGloria Ana Chevesich Ruiz,Marcelo Doering Carrasco,Rosa Maria Leonor Etcheberry Court,Ricardo Luis Hernan Blanco Herrera,Hugo Enrique Dolmestch Urra
Sentido del falloACOGIDA CASACIÓN FONDO, ANULADA SENTENCIA DE (M)
Recurso númeroCV04-(Civil) Casación Fondo
Número de expediente8459-2017
Fecha26 Septiembre 2018
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
MateriaCivil
Tipo de procesoCasación Fondo
Santiago, veintiséis de septiembre de dos mil dieciocho.
VISTOS:
En estos autos Rol Nº C-2261-2016, seguidos ante el Primer Juzgado Civil
de Viña del Mar, doña Eliana Varela Ponce dedujo demanda de terminación de
contrato de arrendamiento de inmueble por no pago de rentas en contra de don
Gustavo Martínez ignora segundo apellido, solicitando: a) poner término al
contrato de arrendamiento; b) la restitución del inmueble dentro de tercero día o en
el plazo que el tribunal se sirva fijar; y c) el pago las rentas adeudadas desde el 1°
de octubre de 2015, más intereses y reajustes. En subsidio demanda el desahucio
del contrato de arrendamiento.
Por sentencia de fecha veintinueve de noviembre de dos mil dieciséis, que
se lee a fojas 33 y siguientes, se rechazó la demanda principal y subsidiaria, con
costas.
Se alzó la demandante y una sala de la Corte de Apelaciones de
Valparaíso, con fecha trece de febrero de dos mil diecisiete, según consta a fojas
69, confirmó la sentencia.
En su contra, la parte demandante dedujo recurso de casación en el fondo.
Se ordenó traer los autos en relación.
CONSIDERANDO:
Primero: Que el recurso denuncia la infracción a los artículos 1709 y 1713
del Código Civil y 399 del Código de Procedimiento Civil. Sostiene la recurrente
que el tribunal aplicó la limitación del artículo 1709 del Código de Bello, por cuanto
la renta de arrendamiento es superior a dos unidades tributarias mensuales, razón
por la que no aplicó a la prueba confesional rendida el artículo 399 del Código de
Procedimiento Civil o el artículo 1713 del Código Civil, que consideran que la
confesión judicial produce plena prueba. Por lo anterior, de haberse aplicado
correctamente las disposiciones se habría llegado a la conclusión que con la
confesional se acreditó el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes y
que el demandado estaba en mora en el pago de las rentas de arrendamiento.
Finalmente, señala cómo lo anterior ha influido sustancialmente en lo
dispositivo del fallo.
Segundo: Que los sentenciadores concluyeron que la demandante acreditó
ser dueña del inmueble situado en calle Walker N° 556, Agua Santa, Viña del Mar,
no así del de calle Walker N° 564, Agua Santa, Viña del Mar, que sostuvo haber
dado en arrendamiento, por lo cual rechazaron la demanda de terminación de
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