Causa Nº 7990-2018 (Casación Fondo) Corte Suprema - Sala Cuarta Mixta, 20/11/2018 - Jurisprudencia - VLEX 746211829

Causa Nº 7990-2018 (Casación Fondo) Corte Suprema - Sala Cuarta Mixta, 20/11/2018

JuezGloria Ana Chevesich Ruiz,Hugo Enrique Dolmestch Urra,Diego Antonio Munita Luco,Andrea Maria Mercedes Muñoz Sanchez,Antonio Barra R.
Sentido del falloRECHAZADO CASACIÓN FONDO MANIFIESTA FALTA DE F (M)
Recurso númeroCV04-(Civil) Casación Fondo
Fecha20 Noviembre 2018
Número de expediente7990-2018
MateriaCivil
Tipo de procesoCasación Fondo
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
Santiago, veinte de noviembre de dos mil dieciocho.
Vistos y teniendo presente:
Primero: Que se ha ordenado dar cuenta, conforme lo dispone el artículo
782 del Código de Procedimiento Civil, del recurso de casación en el fondo
deducido por la demandante contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de
Arica, que invalidó la de primer grado y, pronunciando la de reemplazo, acogió la
excepción de cosa juzgada y, en consecuencia, desestimó la demanda de
reembolso.
Segundo: Que se denuncian infringidos los artículos 1698 y 1700 del
Código Civil, y 177, 341, 342, 768 N°6 y 775 del Código de Procedimiento Civil,
porque se acogió la excepción de cosa juzgada en relación con un juicio iniciado
por un tercero, sin que entre ambos concurra la identidad legal de demandantes
que exige la legislación, pues la circunstancia de haberse cedido el crédito no
permite considerar a los actores como una misma persona, máxime que tal acto
fue dejado sin efecto por la escritura de resciliación suscrita con posterioridad; y
porque no se ponderó correctamente la abundante prueba documental que rindió
para acreditar el origen de la deuda cuyo cumplimiento reclama, correspondiente a
obligaciones contraídas por la demandada con sus trabajadores que solucionó con
fondos propios, por lo que procede que le sean reembolsados. Solicita invalidar la
sentencia impugnada y dictar una de reemplazo que acoja la demanda.
Tercero: Que los jueces del fondo acogieron la excepción de cosa juzgada
que se opuso en contra de la demanda, por la que la actora pretende el reembolso
de la suma de $103.232.100 que, en su calidad de empresa mandante, pagó por
subrogación a los trabajadores de la demandada, respecto de deudas que ésta
contrajo durante la ejecución de las labores que la primera le encomendó en la
obra Reposición del Parque Centenario de la Comuna de Arica.
La decisión fue adoptada tras dar por acreditado que dicho monto le fue
exigido a la demandada en causa rol C-1233-2016, seguida ante el Tercer
Juzgado de Letras de Arica, iniciada por don Cristián Ramírez Rojas, en calidad
de cesionario del crédito, que fue desestimada por sentencia pronunciada durante
el mes de mayo de 2017, luego de lo cual, mediante escritura de fecha 6 de junio
de 2017, la demandante y el cesionario resciliaron el contrato de cesión de
créditos y se interpuso esta nueva demanda, cuyos fundamentos son los mismos
de la anterior; y considerar que, en mérito de la cesión de créditos, concurre la
identidad de personas entre el cedente y el cesionario, situación que no se ve
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