Causa Nº 7520-2018 (Casación Fondo) Corte Suprema - Sala Cuarta Mixta, 10/10/2018 - Jurisprudencia - VLEX 743538033

Causa Nº 7520-2018 (Casación Fondo) Corte Suprema - Sala Cuarta Mixta, 10/10/2018

JuezInigo Andres De La Maza Gazmuri,Gloria Ana Chevesich Ruiz,Andrea Maria Mercedes Muñoz Sanchez,Ricardo Blanco H.,Hugo Enrique Dolmestch Urra
Sentido del falloRECHAZADO CASACIÓN FONDO MANIFIESTA FALTA DE F (M)
Recurso númeroCV04-(Civil) Casación Fondo
Número de expediente7520-2018
Fecha10 Octubre 2018
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
MateriaCivil
Tipo de procesoCasación Fondo
Santiago, diez de octubre de dos mil dieciocho.
Vistos y teniendo presente:
Primero: Que se ha ordenado dar cuenta, conforme lo dispone el artículo
782 del Código de Procedimiento Civil, del recurso de casación en el fondo
deducido por la demandada contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de
Valparaíso, que revocó la de primera instancia y acogió la demanda de precario.
Segundo: Que se denuncia infringido el artículo 2195 del Código Civil,
porque se acogió la demanda no obstante que no concurren los presupuestos del
precario, pues cuenta con un título que la autoriza a ocupar el inmueble, derivado
del contrato de compraventa con opción de retrocompra que celebró con
Inversiones Lionel Gustavo Espinoza Méndez E.I.R.L. Solicita invalidar la
sentencia impugnada y dictar una de reemplazo que rechace la demanda.
Tercero: Que la sentencia tuvo por acreditados los siguientes hechos:
1.- La demandante es poseedora inscrita del inmueble ubicado en calle Uno Sur
N°5838, población Gómez Carreño, comuna de Viña del Mar, según anotación de
fojas 7887, N° 9172 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces
de Viña del Mar del año 2016, que adquirió por la tradición que se verificó a
consecuencia de la compraventa que celebró con Inversiones Lionel Gustavo
Espinoza Méndez el 8 de septiembre de 2016.
2.- La demandada, quien actualmente ocupa el inmueble, fue su poseedora
inscrita, conforme anotación de fojas 8419, N°11321 del Registro de Propiedad del
Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar de año 1998, hasta que el 15 de
julio de 2015, lo vendió a Inversiones Leonel Gustavo Espinoza Méndez E.I.R.L.,
incorporando en la cláusula quinta del contrato un pacto de retroventa para el cual
se fijó como plazo máximo el 14 de marzo de 2016, así como una prohibición de
enajenar vigente hasta la misma fecha.
3.- La demandada interpuso una demanda en contra de Inversiones Lionel
Gustavo Espinoza Méndez E.I.R.L., en que persigue la nulidad de la venta que
celebró por estimar que infringió el contrato que suscribieron, que se encuentra
archivada, sin haber sido notificada.
Sobre la base de tales antecedentes, considerando que el título esgrimido
por la demandada no es justo, en tanto no es oponible a la demandante, quien no
se encuentra obligada a respetar su ocupación, se dieron por acreditados los
presupuestos de la demanda interpuesta, por lo que se la acogió y se ordenó
restituir el inmueble.
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