Causa Nº 6087-2018 (Casación Fondo) Corte Suprema - Sala Cuarta Mixta, 09/10/2018
Juez | Hugo Enrique Dolmestch Urra,Ricardo Luis Hernan Blanco Herrera,Andrea Maria Mercedes Muñoz Sanchez,Marcelo Doering Carrasco,Gloria Ana Chevesich Ruiz |
Sentido del fallo | RECHAZADO CASACIÓN FONDO MANIFIESTA FALTA DE F (M) |
Recurso número | CV04-(Civil) Casación Fondo |
Número de expediente | 6087-2018 |
Fecha | 09 Octubre 2018 |
Emisor | Sala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile) |
Materia | Civil |
Tipo de proceso | Casación Fondo |
Santiago, nueve de octubre de dos mil dieciocho.
Vistos y teniendo presente:
Primero: Que se ha ordenado dar cuenta, conforme lo dispone el artículo
782 del Código de Procedimiento Civil, del recurso de casación en el fondo
deducido por la demandada contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de
Santiago, que confirmó la de primera instancia que acogió la demanda y la
condenó al pago de $19.333.794 por los perjuicios causados.
Segundo: Que la recurrente denuncia infringidos los artículos 2446 y 2460
del Código Civil, porque se estableció que durante la tramitación del juicio por
desafuero maternal que la demandante inició en su contra arribaron a un acuerdo,
en cuyo mérito se otorgaron finiquito y declararon que nada se adeudaban por
concepto alguno, salvo por las obligaciones emanadas de esa conciliación, por lo
que de haber aplicado correctamente las normas señaladas se habría reconocido el
valor de cosa juzgada de la transacción. Solicita invalidar la sentencia impugnada y
dictar la de reemplazo que rechace la demanda.
Tercero: Que la sentencia impugnada dio por acreditado que por sentencia
dictada con fecha 5 de agosto de 2016, en la audiencia de procedimiento
abreviado mediante la cual se puso término a la causa RIT 14.220-2014, seguida
ante el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, se condenó a la demandada
como autora de los delitos de estafa y de apropiación indebida perpetrados entre
los años 2010 y 2014, en contra de la empresa Metrogas S.A., estableciendo que
el perjuicio ascendió a la suma de $19.333.794.
Sobre la base de dicho antecedente, considerando que la sentencia dictada
en sede penal permite establecer los presupuestos de la responsabilidad civil
perseguida y que la única prueba rendida por la demandada dice relación con lo
ocurrido en un juicio laboral, cuestión que no es materia de este procedimiento,
dado que no contestó la demanda y no opuso ninguna defensa en relación a tales
hechos, se acogió la demanda y se la condenó al pago de la suma de
$19.333.794.
Cuarto: Que la recurrente denuncia la conculcación de la norma que regula
la transacción y de la que establece sus efectos; sin embargo, tales vulneraciones
deben ser desestimadas, pues, como se razonó en la sentencia impugnada, se trata
de aspectos que no formaron parte de la controversia propuesta por las partes, lo
que obstó a que los jueces pudieran pronunciarse sobre este punto, pues la
demandada no opuso la respectiva excepción, ni formuló ninguna defensa que
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