Causa Nº 5713-2018 (Apelación Protección) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 31/12/2018
Juez | Jorge Gonzalo Dahm Oyarzun,Arturo Jose Prado Puga,Álvaro Quintanilla P.,Alvaro Hernan Quintanilla Perez,Sergio Muñoz G. |
Sentido del fallo | CONFIRMA SENTENCIA APELADA (M) |
Recurso número | CV03-(Civil) Apelación Protección |
Número de expediente | 5713-2018 |
Fecha | 31 Diciembre 2018 |
Materia | Civil |
Tipo de proceso | Apelación Protección |
Emisor | Sala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile) |
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Santiago, treinta y uno de diciembre de dos mil dieciocho.
Vistos y teniendo presente:
Primero: Que se ha deducido recurso de protección
contra Isapre Colmena S.A. debido a que según se informa en
la Circular N° 306, de 19 de enero de 2018 de la
Superintendencia de Salud, publicada en el Diario Oficial de
29 de enero de 2018, ésta decidió aumentar a partir de marzo
del año en curso el valor de la denominada Prima GES desde
0,322 a 0,520 Unidades de Fomento mensuales por beneficiario
del plan de salud. La parte recurrente considera que dicha
decisión de aumento es arbitraria e ilegal y que vulnera las
garantías consagradas en los números 9 y 24 del artículo 19
de la Constitución Política de la República, por lo que pide
dejar sin efecto el alza del valor de la prima GES que cobra
la recurrida de manera conjunta con el precio de su plan de
salud, manteniendo su valor actual a la fecha del recurso,
con costas.
Segundo: Que al informar la recurrida señaló que “es
absolutamente falso que mi representada haya decidido subir
el precio de la prima GES. A mayor abundamiento, a finales
de Febrero de 2018 se envió un correo electrónico a todos
los afiliados de Colmena informando cuáles eran las nuevas
prestaciones que se otorgarían producto del Decreto Supremo
y expresa de manera textual lo siguiente: Nos alegra
comunicarle que Colmena mantendrá el precio que usted paga
PDXBXLXRNJ
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