Causa Nº 24669-2018 (Apelación Protección) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 18/12/2018 - Jurisprudencia - VLEX 755027821

Causa Nº 24669-2018 (Apelación Protección) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 18/12/2018

JuezArturo Jose Prado Puga,Angela Francisca Vivanco Martinez,Diego Antonio Munita Luco,Pedro Pierry Arrau,María Eugenia Sandoval G.
Sentido del falloCONFIRMA SENTENCIA APELADA (M)
Número de expediente24669-2018
Recurso númeroCV03-(Civil) Apelación Protección
Fecha18 Diciembre 2018
MateriaCivil
Tipo de procesoApelación Protección
EmisorSala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile)
1
Santiago, dieciocho de diciembre de dos mil dieciocho.
Vistos:
Se confirma la sentencia apelada de veintisiete de
septiembre de dos mil dieciocho que acogió el recurso de
protección presentado por Samuel Vargas Mancilla en contra
de la Superintendencia de Seguridad Social.
Acordado con el voto en contra del Ministro Sr. Prado
Puga y del Abogado Integrante Sr. Pierry, quienes
estuvieron por revocar la sentencia en alzada y rechazar el
recurso, en virtud de los siguientes fundamentos:
1. Que el actor, Samuel Vargas Mancilla, ha deducido
la presente acción constitucional pretendiendo la
autorización y pago de 2 licencias médicas extendidas en su
favor, por 60 días en total a partir del 25 de diciembre de
2017.
2. Que el fundamento contenido en el acto que se
cuestiona -y que determina la confirmación del rechazo de
ambas licencias- consiste en que: “Los informes médicos
aportados no permiten establecer incapacidad laboral
temporal más allá del periodo de reposo ya autorizado”.
3. Que, tal como lo sostiene la recurrida en sus
descargos, el informe complementario emitido por el médico
tratante de la actora, psiquiatra Jacobo Numhauser Tognola,
resulta manifiestamente insuficiente, pues de la lectura de
tal instrumento -que obra en la copia digital los
SXFGXGLMKX

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR