Causa Nº 22411-2018 (Apelación Protección) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 04/10/2018
Juez | Julio Pallavicini M.,Jorge Dahm O.,Sergio Muñoz G.,Diego Munita L.,Arturo Prado P. |
Sentido del fallo | REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE |
Emisor | Sala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile) |
Fecha | 04 Octubre 2018 |
Número de expediente | 22411-2018 |
Recurso número | CV03-(Civil) Apelación Protección |
Materia | Civil |
Tipo de proceso | Apelación Protección |
Santiago, cuatro de octubre de dos mil dieciocho.
A las solicitudes pendientes, estése a lo que se
resolverá a continuación.
Vistos:
Primero: Que según aparece de los antecedentes
acompañados a esta causa, el reclamante contrató un plan de
salud acordando que el precio del mismo fuera fijado
en pesos, pactándose una cláusula de reajustabilidad de
acuerdo al Indice de Remuneraciones.
Segundo: Que como se advierte de lo anteriormente
señalado, el contrato suscrito por el recurrente incorporó
un mecanismo anual de reajustabilidad, en atención a que el
precio del mismo está pactado en pesos y no en unidades
reajustables que permitan mantener el valor del precio
convenido.
Tercero: Que, en consecuencia, en el caso de autos no
se está frente a un proceso de adecuación del precio del
plan de salud que ejecutan las Isapres en uso de la
facultad contemplada en los artículos 197 y siguientes del
D.F.L. N° 1 del Ministerio de Salud, atribución que prevé
una estricta regulación, de manera tal que los requisitos
que autorizan la aplicación de dicha alza unilateral de
precios no son pertinentes en la especie. En efecto, el
incremento cuestionado por el recurrente sólo tiene su
origen en una estipulación contractual cuyo objeto es
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