Causa Nº 22197-2018 (Apelación Protección) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 04/12/2018
Juez | Sergio Manuel Muñoz Gajardo,Carlos Aránguiz Z.,Maria Eugenia Sandoval Gouet,Arturo Jose Prado Puga,Carlos Ramon Aranguiz Zuñiga |
Sentido del fallo | CONFIRMA SENTENCIA APELADA (M) |
Fecha | 04 Diciembre 2018 |
Recurso número | CV03-(Civil) Apelación Protección |
Número de expediente | 22197-2018 |
Materia | Civil |
Tipo de proceso | Apelación Protección |
Emisor | Sala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile) |
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Santiago, cuatro de diciembre de dos mil dieciocho.
Vistos:
Se reproduce el fallo en alzada, con excepción de sus
fundamentos sexto a séptimo, que se eliminan.
Y se tiene, en su lugar y además, presente:
Primero: Que la sociedad Constructora Sierra Nevada
S.A. dedujo recurso de protección en contra de Cristian
Ríos López, Fiscal Regional del Ministerio de Obras
Públicas de la IX Región, y del Director Regional de
Vialidad de La Araucanía, calificando como ilegal y
arbitrario el ordinario Nº 505, de 12 de abril de 2018,
mediante el cual el recurrido fiscal devolvió sin visto
bueno la resolución exenta Nº 686, de 4 de abril de 2018,
que pretendía regularizar y aprobar el convenio ad-
referendum de trato directo denominado “obra emergencia
acceso calle Chufquén, comuna de Traiguén, Provincia de
Malleco, Región de La Araucanía”, hecho que privaría a la
empresa de su derecho de propiedad de la forma como expresa
en su libelo.
Explica que en 2008, debido a las inclemencias
climáticas, se hizo necesario realizar de emergencia las
obras a que hace referencia el acto devuelto. Por ello, en
mayo de 2009 se suscribió un primer convenio ad-referendum,
convención en que se contemplaba un precio de $101.329.488
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