Causa Nº 22075-2018 (Contienda de Competencia) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 12/09/2018
Juez | Alvaro Hernan Quintanilla Perez,Sergio Manuel Muñoz Gajardo,Maria Eugenia Sandoval Gouet,Arturo Jose Prado Puga,Carlos Ramon Aranguiz Zuñiga |
Sentido del fallo | DIRIMIDA CONTIENDA COMPETENCIA, REMÍTANSE AUTOS AL |
Emisor | Sala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile) |
Número de expediente | 22075-2018 |
Fecha | 12 Septiembre 2018 |
Recurso número | CV07-(Civil) Contienda de Competencia |
Materia | Civil |
Tipo de proceso | Contienda de Competencia |
1
Santiago, doce de septiembre de dos mil dieciocho.
Vistos:
Atendido el mérito de los antecedentes; teniendo
presente que el inciso 1º del artículo 20 de la Constitución
Política de la República permite la interposición de la
acción constitucional de protección frente a privaciones,
perturbaciones o amenazas en el legítimo ejercicio de
ciertos derechos y garantías, “sin perjuicio de los demás
derechos que pueda hacer valer -el afectado- ante la
autoridad o los tribunales competentes”; considerando que,
en la especie, el actor dedujo el recurso ante la Corte de
Apelaciones de Coyhaique; y teniendo presente que el
artículo 17 de la Ley Nº 20.600 no contempla de forma alguna
la posibilidad que los Tribunales Ambientales puedan conocer
de acciones como la aquí incoada; se declara que es
competente para conocer de estos autos la Corte de
Apelaciones de Coyhaique, a quien deberán remitírseles,
debiendo ésta proseguir la tramitación del procedimiento
desde el estado en que se encuentra.
Comuníquese lo resuelto a la Corte de Apelaciones de
Coyhaique y al Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia.
Regístrese y devuélvase.
Rol Nº 22.075-2018.
PQJHGXDRJB
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