Causa Nº 19010-2018 (Apelación Protección) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 26/12/2018
Juez | Arturo Jose Prado Puga,Álvaro Quintanilla P.,Ángela Vivanco M.,Angela Francisca Vivanco Martinez,Sergio Manuel Muñoz Gajardo |
Sentido del fallo | CONFIRMA SENTENCIA APELADA (M) |
Fecha | 26 Diciembre 2018 |
Número de expediente | 19010-2018 |
Recurso número | CV03-(Civil) Apelación Protección |
Materia | Civil |
Tipo de proceso | Apelación Protección |
Emisor | Sala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile) |
1
Santiago, veintiséis de diciembre de dos mil dieciocho.
Vistos:
Se dedujo recurso de apelación en contra de la
sentencia de la Sexta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones
de Santiago que rechazó el recurso de protección deducido
por el Sr. Eduardo Rodrigo Valenzuela Peña en contra del
Hospital Metropolitano de La Florida, del Servicio de Salud
Metropolitano Oriente y de la Contraloría General de la
República.
Fundó el recurso de protección en la negativa, por parte
de dicho centro asistencial, de no respetar el retracto a su
renuncia voluntaria.
Se reproduce el fallo en alzada, con excepción de sus
fundamentos quinto a décimo, que se eliminan.
Y se tiene, en su lugar y además, presente:
Primero:
Que, reiteradamente esta Corte ha expresado que el
recurso de protección de garantías constitucionales,
establecido en el artículo 20 de la Constitución Política
de la República, constituye jurídicamente una acción de
naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo
ejercicio de las garantías y derechos preexistentes
consagrados en la Carta Fundamental, mediante la adopción
de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u
omisión arbitrario o ilegal que prive, perturbe o amenaza
el legítimo ejercicio de un derecho.
XXXXXJBXZL
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