Causa Nº 18969-2018 (Hecho) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 13/08/2018 - Jurisprudencia - VLEX 744847365

Causa Nº 18969-2018 (Hecho) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 13/08/2018

JuezSergio Manuel Muñoz Gajardo,Diego Antonio Munita Luco,Arturo Jose Prado Puga,Maria Eugenia Sandoval Gouet,Angela Francisca Vivanco Martinez
Sentido del falloACOGIDO RECURSO DE HECHO
Recurso númeroCV10-(Civil) Hecho
Fecha13 Agosto 2018
Número de expediente18969-2018
MateriaCivil
Tipo de procesoHecho
EmisorSala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile)
1
Santiago, trece de agosto de dos mil dieciocho.
Vistos y teniendo presente:
Primero: Que se ha deducido recurso de hecho por la
abogada Isabel Valdés Bravo, contra la resolución dictada
por la Corte de Apelaciones de Arica el 30 de julio de
2018, en autos sobre recurso de protección Rol N° 552-2018,
que negó lugar a la apelación subsidiaria deducida contra
aquella dictada el 23 de julio último que tuvo por no
interpuesto el recurso por no haberse constituido el
patrocinio y poder en los términos enunciados en la acción.
Segundo: Que del tenor de lo dispuesto en los
numerales y del Auto Acodado de esta Corte sobre
Tramitación del Recurso de Protección, fluye que en este
procedimiento procede entre otros casos la apelación contra
la resolución que declare la inadmisibilidad del recurso,
naturaleza jurídica que tiene aquella referida en el
apartado primero, toda vez que tuvo por no interpuesto el
recurso por no constituirse el patrocinio y poder enunciado
en la acción y ordena archivar los antecedentes.
Tercero: Que de lo expresado resulta ineludible
concluir que la apelación de que se trata ha sido prevista
y que por ello el recurso de hecho debe ser acogido desde
luego.
De conformidad asimismo con lo dispuesto por los
artículos 203, 204 y 205 del Código de Procedimiento Civil,
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