Causa Nº 12891-2018 (Apelación Protección) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 19/07/2018
Juez | Sergio Manuel Muñoz Gajardo,Pedro Pierry Arrau,Maria Eugenia Sandoval Gouet,Arturo Prado P.,Álvaro Quintanilla P. |
Sentido del fallo | CONFIRMA SENTENCIA APELADA (M) |
Recurso número | CV03-(Civil) Apelación Protección |
Fecha | 19 Julio 2018 |
Número de expediente | 12891-2018 |
Materia | Civil |
Tipo de proceso | Apelación Protección |
Emisor | Sala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile) |
Santiago, diecinueve de julio de dos mil dieciocho.
Vistos y teniendo además presente:
Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de
sus fundamentos tercero a quinto, que se eliminan.
Primero: Que el acto que motiva la interposición del
recurso consiste en la negativa de la recurrida Ana Andrea
Marchandon Arredondo, de permitir al recurrente todo
contacto con su hija, manteniéndola aislada de la gran
mayoría de sus parientes y amigos.
Expone el actor que su hija tiene actualmente 36 años
de edad y que sufre de graves alteraciones conductuales,
sicológicas y/o siquiátricas, por lo que ha debido sufrir
diversas hospitalizaciones. Añade que hace algún tiempo
supo, de manera informal, que ésta sufrió un grave colapso
que la mantiene en deplorable estado de salud, por lo que
quiso visitarla en su domicilio con el fin de constatar su
estado. Sin embargo, indica que en esa oportunidad la
recurrida le impidió el ingreso, negándole toda información
acerca de su estado de salud.
Solicita se acoja el recurso de protección deducido,
adoptándose las medidas que sean necesarias para
restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida
protección del afectado, entre ellas ordenar que pueda
visitar a su hija con un médico, para constatar su estado
de salud o cualquier otra medida para conservar la vida y
salud de ésta.
DRPYGBNXKJ
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