Caso Luchsinger - 14 de Octubre de 2018 - El Mercurio - Noticias - VLEX 742102993

Caso Luchsinger

El fallo de la Corte Suprema acogiendo parcialmente el recurso de nulidad interpuesto por algunos de los imputados en el llamado caso Luchsinger, y por el que se negó el carácter terrorista del incendio con resultado de muerte del matrimonio Luchsinger McKay, inevitablemente reflota la discusión respecto de la tipificación del delito terrorista y las consecuentes dificultades probatorias que se imponen en su actual consagración. La exigencia que impone el artículo 1° de la Ley N° 18.314 de probar que la finalidad de los agentes, al cometer el delito, haya sido indubitadamente la de causar en la población o en una parte de ella el temor justificado de ser víctima de delitos de la misma especie, resultó un escollo insalvable en este caso, a juicio del máximo tribunal. La propia sentencia reconoce que, no obstante, no puede desatenderse el contexto aludido en la sentencia del tribunal oral en lo penal, esa intencionalidad exigida por la ley debe necesariamente ser demostrada a través de antecedentes objetivos que no se encontraban acreditados en este caso, lo que impidió calificarlo como un delito terrorista.Las dificultades que presenta esta tipificación son conocidas y han sido objeto de acalorado debate. Sin perjuicio de ello, no puede perderse de vista que la referida sentencia confirma sin lugar a dudas la participación y la condena de tres personas en el incendio y homicidio del matrimonio Luchsinger McKay, y que si bien la pena fue modificada, su cuantía sigue siendo alta y de cumplimiento efectivo. Del...

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