Caso Frei y doble justicia penal - 7 de Febrero de 2019 - El Mercurio - Noticias - VLEX 762630545

Caso Frei y doble justicia penal

La sentencia dictada por el ministro Alejandro Madrid en la causa por la muerte del expresidente Frei Montalva muestra a las claras que el antiguo procedimiento penal no satisface las garantías de un debido proceso, como lo exigiría una democracia respetuosa de los derechos humanos.Para comprobarlo, basta con ponerse hipotéticamente en el escenario propio del proceso penal vigente e imaginar que el ministro Madrid, como investigador y fiscal, deba defender su sentencia como si fuera una acusación ante un tribunal oral en lo penal. ¿Alguien podría sostener que, con las debilidades argumentales, déficit probatorio, inconsistencias y faltas de rigor lógico de ese escrito, puestas en evidencia por juristas de todas las tendencias ideológicas, se podría conseguir que tres jueces llegaran a condenar por homicidio a las seis personas sancionadas por Madrid?Recordemos que estamos ante un proceso en que la misma persona que investiga y acusa luego juzga y falla, con total desconocimiento del principio de imparcialidad. El investigador ha demorado casi dos décadas en la investigación y padeció la presión de que si no condenaba, se le tacharía de negligente por no haber cerrado antes el proceso. ¿Habría algún juez de garantía que consintiera en que un fiscal se tome un plazo de 16 años para investigar una causa? Digamos de paso que el plazo máximo de investigación según el Código Procesal Penal vigente no puede superar los dos años. Por otro lado, los jueces del tribunal penal solo ven la causa y las pruebas en las audiencias en que se desarrolla el juicio oral, no antes, y el estándar de prueba para condenar es alto: se requiere que adquieran una convicción más allá de toda duda razonable. Podríamos seguir enumerando las cualidades superiores del nuevo proceso en materia de transparencia, publicidad y presunción de inocencia, pero no es del caso justificar algo que, hoy por hoy, nadie discute. Por algo los defensores de Palma Salamanca y la Corte de París que resolvió negativamente la petición de extradición hecha por los tribunales chilenos se basaron, en parte, en las características inquisitoriales del juicio en que fue condenado.El problema es que son muchos los procesos que, por versar sobre hechos anteriores a la entrada en vigencia de la reforma procesal...

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