Decisión nº C1153-14, de Consejo de Transparencia de 18 de Junio de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 544597574

Decisión nº C1153-14, de Consejo de Transparencia de 18 de Junio de 2014

Fecha de Resolución18 de Junio de 2014
TipoDocumentos Operacionales - Documentación Presupuestaria - Otros
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaTransporte, Telecomunicaciones

DECISIÓN AMPARO ROL C1153-14

Entidad pública: Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Requirente: Carlos Vargas Almonacid.

Ingreso Consejo: 10.06.2014.

En sesión ordinaria N° 531 del Consejo Directivo, celebrada el 18 de junio de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1153-14.

VISTOS:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 12 de mayo de 2014, don Carlos Vargas Almonacid efectuó una solicitud de información al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, requiriendo saber si la empresa sociedad de servicios don ANESTIS, ha participado de alguna licitación pública de ese ministerio y de ser así, saber si se ha adjudicado alguna, entre los periodos 2010 a la fecha.

2) Que, posteriormente, con fecha 10 de junio de 2014, don Carlos Vargas Almonacid interpuso amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del Estado, fundado en que éste no habría respondido dentro de plazo legal a su solicitud de acceso de información.

Y CONSIDERANDO:

1) Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso primero del artículo 14 de la Ley de Transparencia, la autoridad o jefatura o jefe superior del órgano o servicio de la Administración del Estado requerido, deberá pronunciarse sobre la...

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