Cargonet SpA - 16 de Marzo de 2024 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 1027292625

Cargonet SpA

Número de registroCVE-2467499
Fecha de publicación16 Marzo 2024
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.803
CVE 2467499 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.803 | Sábado 16 de Marzo de 2024 | Página 1 de 4
Empresas y Cooperativas
CVE 2467499
EXTRACTO
EDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34° Notaria de
Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número 359 comuna de Providencia, Santiago,
certifica: Por escritura pública de fecha 01 de marzo de 2024, bajo el repertorio N°3414- 2024
ante mí, se celebró Acuerdo de Accionistas Sin Forma de Junta de “Cargonet SpA”, sociedad
inscrita a fojas 4684 número 1980 del Registro de Comercio de Santiago del año 2024, en la cual
se acordó modificar el artículo Décimo de los Estatutos de la compañía, el cual quedará como
sigue: “ARTÍCULO DÉCIMO: La administración de la sociedad, el uso de la razón social, y la
representación judicial y extrajudicial de la misma, corresponderá a don Gonzalo Alfredo
Valdivia Riffo, chileno, casado, ingeniero en comercio exterior, cédula nacional de identidad
número catorce millones cuatrocientos sesenta y ocho mil doscientos cincuenta guión cinco, con
domicilio para estos efectos en calle Pablo Goyeneche Iver número diez, departamento letra C,
comuna de La Cisterna; a don Juan Antonio Moro Romero, uruguayo, soltero, licenciado en en
Comercio Internacional, rol único tributario de inversionista número cuarenta y ocho millones
doscientos un mil ochocientos sesenta y dos guión nueve, domiciliado para estos efectos en Ruta
Interbalnearia Parada 39, Edificio Terrazas De La Laguna, Punta Del Este, Maldonado, Uruguay,
y doña Denisse Eliana Fernández, argentina, soltera, Licenciada en Comercio Internacional, rol
único tributario de inversionista número cuarenta y ocho millones doscientos un mil ochocientos
sesenta y dos guión nueve, domiciliada para estos efectos en Avenida Chiverta Esquina
Amazonas, Punta Del Este, Maldonado, Uruguay, en adelante “Los administradores”, quienes
podrán actuar indistintamente a través de uno o más apoderados designados por éstos,
especialmente al efecto, por escritura pública. De igual manera se procederá en caso de
revocación del o los apoderados designados por el administrador, los cuales podrán ser
sustituidos y removidos a criterio exclusivo de los Administradores. Los administradores podrán
actuar y representar a la Sociedad, judicial y extrajudicialmente, con las más amplias facultades
de administración y disposición, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones,
actuaciones, juicios, actos, y contratos que digan relación, directa o indirecta, con su objeto
social o que sean necesarios, conducentes o útiles a sus fines. Al efecto, los Administradores
podrán representar a la Sociedad con las siguientes facultades: Uno) Celebrar contratos de
promesa. Dos) Comprar, vender, permutar, transferir y en general, adquirir y enajenar, en
cualquier forma y a cualquier título, toda clase de bienes corporales e incorporales, raíces y
muebles. Tres) Dar y tomar en arrendamiento, leasing, leaseback, administración, concesión,
comodato, préstamo, mutuo, o cualquier otro título, toda clase de bienes, corporales e
incorporales, raíces y muebles. Cuatro) Dar y recibir dinero y otros bienes en depósito. Cinco)
Dar y recibir toda clase de bienes en hipoteca, incluso con cláusula de garantía general,
posponerlas, alzarlas y/o servirlas, ya sea en garantía de obligaciones propias o de terceros. Seis)
Dar y recibir en prenda bienes muebles, valores mobiliarios, derechos, acciones, demás bienes
corporales o incorporales, sean en prenda civil, mercantil, sin desplazamiento, de valores
mobiliarios a favor de los bancos, warrants, y otras especiales, y posponerlas, alzarlas,
cancelarlas y/o servirlas, ya sea en garantía de obligaciones propias o de terceros. Siete) Celebrar
contratos de prestación de toda clase de servicios y asesorías, de transportes, de cambio, de
fletamiento, de correduría y de transacción. Ocho) Celebrar contratos para constituir agentes,
representantes, comisionistas, distribuidores, concesionarios, consorcios u otros, o para constituir
a la Sociedad en tales calidades. Nueve) Celebrar contratos de seguro, pudiendo acordar primas,
riesgos, plazos, y demás condiciones; cobrar pólizas, endosarlas, cancelarlas, aprobar o impugnar
liquidaciones de siniestros y realizar demás actos en materia de seguros. Diez) Celebrar contratos
de cuenta corriente mercantil, imponerse de su movimiento y aprobar y rechazar saldos. Once)
Celebrar contratos para constituir y/o ingresar en sociedades de cualquier clase u objeto, sean
civiles o comerciales, colectivas, anónimas, por acciones, en comanditas, de responsabilidad
limitada o de otra especie; constituir o formar parte de comunidades, asociaciones, cuentas en

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