Capítulo LIV: Medidas adoptadas para la obtención de recursos para financiar los derechos fundamentales garantizados en la Constitución Nacional
Autor | Patricia A. Cozzo Villafañe |
Cargo del Autor | Abogada. Especialista en tributación local por la Universidad Nacional de Tres de Febrero |
Páginas | 803-814 |
803
TRATADO DE LOS GRUPOS VULNERABLES,POLÍTICAS PÚBLICAS Y CORRUPCIÓN DE FUNCIONARIOS
CAPÍTULO LIV
MEDIDAS ADOPTADAS PARA LA OBTENCION
DE RECURSOS PARA FINANCIAR LOS
DERECHOS FUNDAMENTALES
GARANTIZADOS EN LA CONSTITUCION
NACIONAL
PATRICIA A. COZZO VILLAFAÑE*
I. INTRODUCCIÓN
Debemos tener en cuenta que nuestro país tiene tres niveles de gobierno y
que todos ellos tienen potestades tributarias a la luz del artículo 5 ( texto de 1853
con las reformas introducidas en 1860) que establece que “cada provincia dictará
una Constitución bajo el régimen representativo y federal de acuerdo con los prin-
cipios declaraciones y garantías de la Constitución Nacional y que asegure su admi-
nistració n de justi cia, su régimen municipal y la educació n pr imaria” y 123 de
Nuestra Constitución Nacional dice lo siguiente “Cada Provincia dicta su propia
Constituci ón , co nforme a lo dispuesto por el art. 5 aseguran do la autonomía
municipal y regland o su alcanc e y conte nido en el ord en i nstitucional, político,
administrativo, económico y financiero”. Por eso las normas jurídicas dictadas por
los estados miembros deben evitar la doble imposición y otras prácticas no desea-
das d e acuerdo a los compromi sos que adoptó nuestro estado.
Nuestra constitución fue el resultado de una lucha entre unitarios y federales
por eso el preámbulo se refiere a los pactos y tratados preexistentes. La Constitu-
ción de nuestra República tiene como fuente la Constitución de los Estados Unidos
de Norteamérica de 1788 y la de Chile de 1833 y el Libro Las Bases de Juan Bautista
Alberdi, los pactos preexistentes y el Pacto de San Nicolás.
A la luz de estas fuentes y de los dichos de Juan Bautista Alberdi surge que es
obligación de todo ciudadano de bien contribuir al sostenimiento del Estado y esto
también lo pensaban personas como l o establ ece la Declaración Universal de los
Derechos del Hombre y otros instrumentos internacionales.
*Abogada. Especialista en tributación local por la Universidad Nacional de Tres de Febrero. Diplomada
en gestión d e polític as public as provinc iales. M iembro d el observa torio pen al tributa rio de la
Universidad Nacional de Buenos Aires. Miembro de la Asociación de Justicia Constitucional y
Secretaria del Instituto de Derecho Tributario del Colegio de Abogados de M orón.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba