Capítulo III. Los fundamentos naturales del derecho - Titulo Segundo. Las fuentes naturales. Bonum est in re - Medios del derecho - Libros y Revistas - VLEX 1022499465

Capítulo III. Los fundamentos naturales del derecho

AutorMichel Villey
Páginas99-108
99
MEDIOS DEL DERECHO
CAPÍTULO III
LOS FUNDAMENTOS NATURALES
DEL DERECHO
Es tiempo de cerrar este paréntesis sobre la idea de naturaleza. Pero, ¿cómo
reencontrar el sentido de la tradicional expresión «derecho natural» —derecho ex-
traído de la natura leza, physei— sin comenzar por la palabra naturaleza?
Llegamos al derecho natural. Este término tenía ya en la Antigüed ad vari os
usos. Buscaremos lo que significa en la filosofía clá sica: la cuestión de las fuentes es
estudiad a p or los filósofos, much o má s que por los juristas, abso rbidos por la
búsqueda del quid juris (§ 8), y para los cuales la teoría del derecho no será n unca
otra cosa que su violín de Ingres.
Artículo I
EL DERECHO NATURAL DE ARISTÓTELES
En este momen to, los historiadores plantean una cuestión pr evia: ¿existe un
derecho natural en Aristóteles?
Pues hay que reconocer que, excepto un pasa je de la Ética (V, 16), ningún
estudio sistemático de la noción de derecho natural nos ha llegado de Aristóteles.
Solo que, dispersos a través de su obra, se hallan los elementos constitutivos de esta
teoría, y algo que es mucho más importante: una aplicación práctica de la misma.
204. DEFINICIÓN
Después del término de naturaleza, estudia Aristóteles el derecho (to dikaion).
En el primer tomo de es te Manual, incluimos sus definiciones (§ 38 y s.). Las cuales
se aplicaron al derecho natural, que, sin duda, no es todo el derecho, sino la prime-
ra forma bajo la que el derecho aparece.
El derecho es una realidad. Consiste en una proporción (ison o aequum) que ha
de existir entre las cosas cuando se reparten entre varias personas (§ 41).
Estas definiciones vale n, primero y s obre todo, para el derecho natural. El
derecho n atural se asienta fuera de la razón humana, preexiste a la conciencia que
tenemos de él. «No depende» de los juicios de los hombres (Eth. Nic. 1134 b). El
derecho positivo procede del hombre. El derecho natural le es dado al hombre de
antemano.

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