Capítulo II. Esencia del estado de necesidad
Autor | Rodrigo Guerra E. |
Páginas | 225-380 |
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cAPítulo II
esencIA del estAdo de necesIdAd
1. consIderAcIones PrevIAs
-
halla una solución clara al problema si no se responde la siguien-
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germánico, canónico, medieval e incluso en la doctrina de los
prácticos
de necesidad con un amplio derecho de necesidad del cual tam-
La aproximación pareciera ser desacertada, porque ambas insti-
enfrentar un mal real, actual o inminente, por medio de una acción
611
supra
roumy (2006) 301-305; Jiménez de asúa (1961) von liszt (1916)
p. 350; cousiñovargas
kant moriaud (1889) p. 31; sermet (1903) Berner
Jiménez de asúa
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-
kindhäuser
Wilenmann
611 cousiño (1979b) 372-373; ossandón (2012) Baldó
RodRigo gueRRa e.
226
mal en el estado de necesidad puede ser de origen humano o
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necesidad
doctrina italiana se vinculó, en sus inicios, con el concepto de
coacción
potestad de su propia defensa
Pese a las diferencias dogmáticas que se puedan presentar
en torno al concepto de necesidad, el campo de aplicación de la
del estado de necesidad614
que se han creado en el estado de necesidad se ha presentado la
su aplicación, sin la coexistencia de una heterogeneidad de opi-
-
-
cousiñoBaldó garrido (2007 189;
villegas (2010) p. 161; rodríguez (2008) 103.
carrara
614 Jiménez de asúa
Wilenmann
moriaud Jiménez de asúa cousiño
sermet (1903) 181, nota 1; momsen
-
Estado dE nEcEsidad como conflicto dE intErEsEs
227
del estado de necesidad que han sido utilizadas, particularmen-
te, en la jurisprudencia chilena para explicar los fundamentos de
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-
conicto
de intereses, inutilidad práctica de la represión e instinto de conserva-
ción616
inevitabilidad
en alusión a la ponderación de intereses en merkel
-
sición al utilitarismo en Wilenmann
PaWlik
616 -
Jiménez de asúa
cousiño (1979b) pp. 331–344; moriaud (1889) sermet (1903)
passim. En estos podemos constatar que existe cierta convergencia en la forma
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ridad en el desarrollo de este trabajo, véase supra
transitoria al momento de ejecutar el hecho, aplicando la eximente del miedo
no cabe duda de que fue
presa del miedo, miedo que, atendida la certidumbre que […] tenía de su muerte, es
insuperable porque concurren en él los requisitos de la inminencia, gravedad, in-
justicia e inevitabilidad, estados de conmoción violenta que fue provocada por un
acontecimiento externo dependiente de los hechos de un tercero, que le produjeron el
raptusemocional
Revista de Derecho y Jurisprudencia
os
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