Capítulo I: Requisitos de capacidad y requisitos de la actividad del cuidado en el campo del derecho administrativo - Título I - Tercera parte - Instituciones de Derecho Administrativo - Libros y Revistas - VLEX 976399400

Capítulo I: Requisitos de capacidad y requisitos de la actividad del cuidado en el campo del derecho administrativo

Páginas369-375
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INSTITUCIONES DE DERECHO ADMINISTRATIVO
TÍTULO I
POSICIÓN JURÍDICA DE LOS CIUDADANOS COMO
SUJETO PASIVO DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA
CAPÍTULO I
REQUISITOS DE CAPACIDAD Y REQUISITOS DE LA
ACTIVIDAD DEL CIUDADANO EN EL CAMPO DEL
DERECHO ADMINISTRATIVO
§ 1. Capacidad jurídica administrativa
SUMARIO: 299.Quiénes son los sujetos pasivos de la función administrativa. Noción de
incapacidad jurídica especialadministrativ a.—300. Principales requisitos para la
capacidad jurídica especial administrativa: a) ciudadanía;b) sexo; c)edad; d) no haber
sufrido determinadas condenas penales; e) buena conducta.
299. El sujeto pasi vo de la función administrativa es el ciudadano particular en
cuanto dicha función se desarrolla frente al mismo, entendiéndose el término ciu-
dadano en un sentido convencional e impreciso, ya que, de un lado, en ocasiones,
también los ent es p úblicos menores puede n a parecer como sujeto pasi vo d e l a
función administrativa frente a otras entidades públicas y especialmente frente al
Estado, mientra s que, de otro lado, la función administrativa se desarrolla frecuen-
temente, no solamente frente a los «ciudad anos», sino también frente a los «no
ciudadanos» (extranjeros y apatridas) que vengan a encontrarse o posean bienes en el
territorio d el Estado: esto en base a la naturaleza territorial de las funciones admi-
nistrativas desa rrolladas por las entidades llamadas precisamente «territoriales» en
vista de la territorialidad de sus funciones.
En relación con la posibilidad de ser sujeto pasivo de una función administra-
tiva s e halla al concepto de «capacidad jurídica administrativa», o sea, aptitud del
individuo para ser sujeto de relaciones administrativas.
A diferencia del Derecho priva do, en el Der echo administrativo encuentra
frecuente aplicación e l concepto de «incapacidad jurídica (administrativa) especial» o
sea, de incapacidad para ser sujeto de determinadas relaciones administrativas por
faltar determinados requisitos establecidos por las normas como condición para la
posibilidad de ser titulares de determinadas relaciones. Por otra parte, también en
Derecho a dministrati vo se aplica el princi pio según el cual la ca pacidad debe
presumirse cuando no exista una norma expresa en contrario.

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