Capítulo I: Introducción - La congruencia procesal - Libros y Revistas - VLEX 951354507

Capítulo I: Introducción

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LA CONGRUENCIA PROCESAL
CAPÍTULO I
Sumario: INTRODUCCIÓN. 1. Importancia de la tesis arma-
da. 2. El procedimiento civil ordinario. 2.1. Breve explicación
del procedimiento civil ordinario. 3. Diferencia entre proceso
y procedimiento. 4. Método, técnica, sistema, estructura y pro-
cedimiento. 4.1. Identidad entre proceso y procedimiento. 5.
Las normas procesales. 6. Lógica procesal y teoría trialista del
mundo jurídico. 6.1. A modo de corolario 7. La arbitrariedad
procesal. 7.1. Introducción al tema en torno a lo arbitrario y la
función sentenciadora del juez, aplicable en su análisis teórico
a toda su función jurisdiccional, incluida la relacionada con
la prueba. 7.2. Principios procesales aplicables al tema. 7.2.1.
Principio de disposición. 7.2.2. Principio de defensa. 7.2.3. La
norma y la función de sentenciar. 8. ¿Justicia o certeza? 9. Pre-
dicción jurídica. 10. Verdad real o verdad procesal. 11. Juez o
abogado-juez. 11.1. Función del juez. 11.2. Función del aboga-
do. 12. Revisión de la sentencia.
HUGO BOTTO OAKLEY
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LA CONGRUENCIA PROCESAL
CAPÍTULO I
INTRODUCCIÓN
1. Importancia de la tesis armada
Hasta hoy, la doctrina procesal no logra ponerse de acuerdo
en ciertos conceptos básicos y que, a comienzos del siglo XXI, me-
recerían ya tener consenso en benecio de la uniformidad y cons-
titucionalidad de los diferentes sistemas de enjuiciamientos que
rigen en los países iberoamericanos. La llamada globalización,
para bien o para mal, según sea el cristal con que se mire o del
lugar donde se le mire, está imponiendo en forma avasalladora
la necesidad de regulaciones normativas uniformes, simples y co-
herentes, pero, por sobre todas las cosas, que den garantía de cla-
ridad o transparencia, coherencia y predicción. El siglo XXI y sus
avances en las intercomunicaciones en todas las áreas del queha-
cer y saber humano, así lo requiere. Sin embargo, la doctrina pro-
cesal claramente sigue en deuda y de manera tan profunda que ni
siquiera existe consenso acerca de lo que es el proceso y lo que es
el procedimiento, llegándose a posturas radicales que diseccionan
el proceso en uno llamado civil y el otro llamado penal, ignorando
el criterio uniforme con que regulan éste las cartas fundamentales
y dejando de lado que el mismo es uno e indivisible. En efecto, de-
pendiendo de la naturaleza del conicto jurídico de que se trate,
lo que cambia o varía no es el proceso sino el procedimiento, que
podrá ser civil o penal, correspondiendo aquel, a una estructura
única y regida por los mismos principios, a diferencia de éste en
que sí se modican las estructuras y son regulados y regidos por
normas y principios distintos.

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