Cambios a la legislación antiterrorista - 17 de Agosto de 2014 - El Mercurio - Noticias - VLEX 524344254

Cambios a la legislación antiterrorista

En el debate sobre una eventual reforma a la legislación antiterrorista no se debe perder de vista que los tratados internacionales no solo aceptan, sino que obligan a los Estados a contar con una normativa adecuada para hacer frente a la amenaza terrorista. Ello ocurre tanto a nivel global como en nuestro continente, en especial a partir de la Convención Interamericana contra el Terrorismo (Barbados, junio de 2002). Al mismo tiempo, la legislación debe asegurar el respeto a los derechos ciudadanos. En primer lugar, debe resultar claro qué se busca proteger específicamente mediante la legislación especial, y existe cierto consenso en cuanto a que el terrorismo pretende imponer, por la fuerza, una determinada ideología política. Luego, la legislación antiterrorista protege ante todo un bien de índole colectiva, el ordenamiento constitucional democrático como cauce para la manifestación de la voluntad popular. Este elemento político debe estar presente, más allá de las meras intenciones del sujeto, como fin del acto expresado en su forma de ejecución.

Si se acepta que el terrorismo pretende imponer una ideología por medio de la violencia, desestabilizando gravemente el orden constitucional o coaccionando a la autoridad legítimamente establecida, muchos concluyen que el delito terrorista solo puede llevarse a cabo a través de una organización. Por lo tanto, no podría considerarse como delito terrorista la acción de individuos aislados, en la medida en que ella nunca estaría en condiciones de afectar los bienes o intereses protegidos por...

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