Decreto núm. 220, publicado el 10 de Octubre de 1998. APRUEBA REGLAMENTO ESPECIAL DE CALIFICACIONES DEL PERSONAL DE LA SUBSECRETARIA DE TRANSPORTES DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
APRUEBA REGLAMENTO ESPECIAL DE CALIFICACIONES DEL PERSONAL DE LA SUBSECRETARIA DE TRANSPORTES DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Núm. 220.- Santiago, 14 de septiembre de 1998.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 49 de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, los artículos 27 al 47 de la ley Nº 18.834, y la facultad que me confiere el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de Chile.
D e c r e t o:
Artículo Nº 1: La calificación evaluará los factores y subfactores que se señalarán, por medio de notas que tendrán los siguientes valores y conceptos:
· Nota 7 sobresaliente
· Nota 6 muy bueno
· Nota 5 bueno
· Nota 4 regular
· Nota 3 menos que regular
· Nota 2 deficiente
· Nota 1 malo
Las notas asignadas a los subfactores respectivos deberán expresarse en entero sin decimales, correspondiendo la nota de cada factor al promedio aritmético de las notas asignadas a los subfactores respectivos. Las notas asignadas a los factores se multiplicarán por el coeficiente que se establece para cada uno de ellos, lo que dará el número de puntos de cada factor, y la suma de los mismos dará el puntaje final y la lista de calificación que corresponda al empleado. Tanto las notas asignadas a los factores como el puntaje resultante se expresarán hasta con dos decimales. En todo caso si el tercer decimal fuera igual o superior a cinco se subirá al decimal siguiente.
La asignación de cada nota deberá ser fundada en circunstancias acaecidas durante el período de calificación.
Artículo Nº 2: Los funcionarios serán ubicados en las listas de calificaciones de acuerdo con el siguiente puntaje.
Lista Nº 1, de Distinción, de 60,00 a 70,00 puntos Lista Nº 2, Buena, de 40,00 a 59,99 puntos Lista Nº 3, Condicional, de 20,00 a 39,99 puntos Lista Nº 4, Eliminación, de 10,00 a 19,99 puntos
Artículo Nº 3: Los factores y subfactores que se evaluarán serán los siguientes:
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- Rendimiento: medirá el trabajo ejecutado durante el período, en relación a las tareas encomendadas. Comprenderá la valoración de los siguientes subfactores:
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Cantidad de trabajo: mide el cumplimiento del programa de trabajo asignado y la oportunidad de su ejecución.
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Calidad de la labor realizada: evalúa las características de la labor cumplida. Mide la ausencia de errores en el trabajo y la habilidad en su ejecución.
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- Condiciones Personales: evalúa aquellas aptitudes del funcionario...
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