Resolución núm. 70 EXENTA, publicada el 29 de Julio de 2011. CALIFICA EMPRESAS O ESTABLECIMIENTOS QUE SE ENCUENTRAN EN ALGUNA DE LAS SITUACIONES PREVISTAS POR EL ARTÍCULO 384 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469615034

Resolución núm. 70 EXENTA, publicada el 29 de Julio de 2011. CALIFICA EMPRESAS O ESTABLECIMIENTOS QUE SE ENCUENTRAN EN ALGUNA DE LAS SITUACIONES PREVISTAS POR EL ARTÍCULO 384 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

CALIFICA EMPRESAS O ESTABLECIMIENTOS QUE SE ENCUENTRAN EN ALGUNA DE LAS SITUACIONES PREVISTAS POR EL ARTÍCULO 384 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO

Núm. 70 exenta.- Santiago, 26 de julio de 2011.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 19, Nº 16, de la Constitución Política de la República; en el artículo 384 del Código del Trabajo; en la ley Nº 19.279; en los oficios Nos 37.849, de 2007, 53.479, de 2008 y 11.512, de 2009, todos de la Contraloría General de la República; y en la resolución Nº 1.600, de 2008, del antedicho Organismo Contralor.

Considerando:

  1. Que mediante los dictámenes Nos 37.849, 53.479 y 11.512, citados en los Vistos, la Contraloría General de la República dispuso que la resolución conjunta de los Ministerios del Trabajo y Previsión Social, de Defensa Nacional, y de Economía, Fomento y Reconstrucción, actualmente denominado Economía, Fomento y Turismo, que se debe dictar en conformidad con el artículo 384 del Código del Trabajo, para determinar las empresas o establecimientos que se encuentran en alguna de las situaciones contempladas en el precepto señalado, cuyos trabajadores no podrán declarar la huelga, debe necesariamente incorporar a aquellas empresas que atiendan servicios de utilidad pública, encontrándose en tal situación las empresas concesionarias de servicios sanitarios y servicios eléctricos;

  2. Que el Gerente de Asuntos Corporativos y Medioambiente de la Sociedad GNL Mejillones S.A., a través de presentaciones de 1 de septiembre de 2010 y 10 de marzo de 2011, ha solicitado a los Ministros correspondientes que, en razón del rol estratégico que cumple el suministro de gas natural, y que es efectuado por dicha empresa para buena parte del Norte Grande de nuestro país, sea ésta incorporada al listado de empresas calificadas anualmente dentro de las situaciones contempladas en el artículo 384 del Código del Trabajo.

  3. Que el Vicepresidente de Asuntos Corporativos de la empresa E. CL. SA, manifestó en cartas de 20 de mayo y 24 de junio de 2011, que la empresa conocida como "Empresa Eléctrica del Norte Grande S.A.", que fuera incluida en la resolución triministerial que para estos mismos efectos fue dictada en julio de 2010, había cambiado su razón social a "E. CL. SA", acompañando al efecto copias de las escrituras públicas y las inscripciones pertinentes.

  4. Que el Gerente de la Agrupación de Cooperativas Eléctricas del Sistema Interconectado Central...

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