Ley núm. 13285, publicada el 03 de Enero de 1959. APRUEBA EL CALCULO DE ENTRADAS Y EL PRESUPUESTO DE GASTOS DE LA NACION PARA EL AñO 1959, EN MONEDA CORRIENTE Y EN MONEDA EXTRANJERA REDUCIDAS A DOLARES.
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE HACIENDA |
Rango de Ley | Ley |
APRUEBA EL CALCULO DE ENTRADAS Y EL PRESUPUESTO DE GASTOS DE LA NACION PARA EL AÑO 1959
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo 1.o Apruébase el Cálculo de Entradas y el Presupuesto de Gastos de la Nación en moneda corriente, para el año 1959, según el siguiente detalle:
Entradas________________ $ 389.666.329.000
Grupo "A" Bienes
Nacionales______________ $ 4.755.000.000
Grupo "B" Servicios
Nacionales______________ 14.349.959.000
Grupo "C" Impuestos
directos e indirectos___ 364.805.567.000
Grupo "D" Entradas
varias__________________ 5.755.803.000
_______________
GASTOS__________________ $ 407.491.254.000
Presidencia de la
República_______________ $ 269.142.760
Congreso Nacional_______ 2.443.769.040
Contraloría General de
la República____________ 598.014.920
Ministerio del Interior_ 37.726.018.270
Ministerio de Relaciones
Exteriores______________ 736.900.320
Ministerio de Hacienda__ 62.008.169.922
Ministerio de Educación
Pública_________________ 80.536.615.131
Ministerio de Justicia__ 9.127.343.600
Ministerio de Defensa
Nacional:
Subsecretaría de
Guerra________________ 49.412.283.543
Subsecretaría de
Marina________________ 31.772.377.000
Subsecretaría de
Aviación______________ 12.466.750.680
Ministerio de Obras
Públicas________________ 43.884.004.340
Ministerio de Agricultura 4.974.078.880
Ministerio de Tierras y
Colonización____________ 784.020.588
Ministerio del Trabajo__ 1.152.208.582
Ministerio de Salud
Pública y Previsión
Social__________________ 41.254.648.158
Ministerio de Economía__ 27.932.249.780
Ministerio de Minería___ 412.558.486
______________
"Artículo 2.o Apruébase el Cálculo de Entradas y el Presupuesto de Gastos de la Nación en monedas extranjeras, reducidas a dólares, para el año 1959, según el siguiente detalle:
Entradas________________ US$ 71.492.400
Grupo "A" Bienes
Nacionales______________ US$ 253.900
Grupo "C" Impuestos
directos e indirectos___ 71.178.500
Grupo "D" Entradas
varias__________________ 60.000
_______________
GASTOS__________________ US$ 53.667.475
Ministerio del Interior_ US$ 220.000
Ministerio de Relaciones
Exteriores______________ 5.415.517
Ministerio de Hacienda__ 20.693.031
Ministerio de Educación 240.000
Ministerio de Defensa
Nacional:
Subsecretaría de
Guerra________________ 1.628.667
Subsecretaría de
Marina________________ 4.436.265
Subsecretaría de
Aviación______________ 1.525.467
Ministerio de Obras
Públicas________________ 4.416.661
Ministerio de Economía__ 15.091.867
__________
o Los Servicios Públicos no podrán efectuar gastos en impresiones o subscripciones a revistas, sino dentro de las cantidades que la Ley de Presupuestos conceda expresamente para tales fines.
Los Servicios Públicos tampoco podrán conceder autorizaciones para la publicación de revistas por particulares, con la denominación de éstos o cualquiera otra.
El funcionario público que infrinja las disposiciones de este artículo, incurrirá en el delito de malversación de fondos públicos.
o Las comisiones que se confieran a los empleados de la Administración Pública no darán lugar al pago de remuneraciones, honorarios, asignaciones por trabajos extraordinarios ni otros emolumentos que no sean los viáticos, pasajes, fletes y gastos inherentes al desempeño de la comisión.
o No podrá autorizarse la instalación y uso de teléfonos, con cargo a fondos fiscales, en los domicilios particulares de los funcionarios públicos. Con cargo al Presupuesto no podrán pagarse comunicaciones de larga distancia, sino cuando sean de oficina a oficina.
Se exceptúan de lo dispuesto en el inciso anterior, los Servicios de la Dirección General de Carabineros, la Dirección General de Investigaciones, limitándose para esta repartición a las comunicaciones que efectúen los siguientes funcionarios: Director General, Ayudante del Director General, Subdirector General, Asesor Jurídico, Prefecto Inspector, Secretario General, Jefe Departamento Administrativo, Jefe Departamento del Personal, Jefe Laboratorio Policía Técnica, Jefe Investigaciones FF.CC., Jefe Sección Confidencial, Jefe Departamento Extranjería, Jefe Policía Internacional, Jefe Servicio Radiocomunicaciones, Jefe Departamento Movilización y Transportes, Prefecto de Santiago, Jefe Brigada Móvil, Jefe Brigada de Estafas, Jefe Brigada de Homicidios, Jefe Asesoría Técnica, Jefe de la Prefectura de Antofagasta, Jefe de la Comisaría de Antofagasta, Jefe de la Comissría de Arica, Jefe de la Prefectura de La Serena, Jefe de la Prefectura de Valparaíso, Jefe de la Comisaría de Valparaíso, Jefe de la Prefectura de Talca, Jefe de la Comisaría de Talca, Jefe de la Prefectura de Concepción, Jefe de la Comisaría de Concepción, Jefe de la Prefectura de Temuco, Jefe de la Prefectura de Valdivia, Jefes de Unidades de Santiago (8).
o Con cargo a los fondos depositados por particulares para determinado objeto no se podrá contratar empleados ni aumentarse sus remuneraciones.
o El derecho de alimentación de que goza el personal de los establecimientos de Educación del Estado no se extenderá a sus familiares, con excepción de los afectos al decreto N.o 2,531, del Ministerio de Justicia, de 24 de Diciembre de 1928, reglamentario de la ley N.o 4,447.
o Sólo podrán crearse nuevos establecimientos educacionales o modificar su clasificación cuando el presupuesto haya consultado los fondos necesarios para cubrir el mayor gasto.
o Fíjanse para el año 1959 los siguientes porcentajes de gratificación de zona, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34.o del decreto con fuerza de ley N.o 256, de 1953, y el artículo 10.o de la ley N.o 9,963, para el personal radicado los siguientes lugares:
PROVINCIA DE TARAPACA_____________________________ 40%
El personal que preste sus servicios en los Retenes
"La Palma", "San José" y "Negreiros"; en Villa
Industrial, Poconchile, Puquios, Central, Codpa,
Chislluma, General Lagos, Avanzada de Aduana de
Chaca, Camarones, Pisagua, Zapiga, Aguada, Poroma,
Sibaya, Huaviña, Mocha, Pachica, Tarapacá, Huara,
Caleta Huanillos, Pintados, Matilla, Pica, Iris,
Victoria (ex Brac), Alianza, Buenaventura, Posta
Rosario, Subdelegación de Pozo Almonte y
"Campamento Militar Baquedano", tendrá el________ 60%
El personal que preste sus servicios en Visvirí,
Putre, Alcérreca y Cuya, tendrá el_______________ 80%
El personal...
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