BYM LOGISTICS SpA - 27 de Enero de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 921028739

BYM LOGISTICS SpA

Fecha de publicación27 Enero 2023
Número de registroCVE-2261636
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.462
CVE 2261636 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.462 | Viernes 27 de Enero de 2023 | Página 1 de 4
Empresas y Cooperativas
CVE 2261636
EXTRACTO
MARY CARMEN ENCINA LORCA, Notario Público Suplente de doña SUSANA
BELMONTE AGUIRRE, Notario Público Titular de la Undécima Notaría de Santiago, con
oficio en Rosario Norte Nro. 555. Oficina 201, comuna de Las Condes, certifico: por escritura
pública de fecha 19 de enero de 2023, ante mí: Ansgar Muschen Van Lankeren, y Gonzalo
Alberto Cepeda Ortega, ambos en nombre y representación de: SOCIEDAD DE INVERSIONES
LAMAR S.A., Rol Único Tributario N°77.249.850-0, todos domiciliados para estos efectos en
calle Rosario Norte 100, Piso 3, Oficina 301, comuna Las Condes, Región Metropolitana,
modificaron sociedad por acciones BYM LOGISTICS SpA, inscrita a fojas 56488 N°26738 en el
Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año
2020, acordando modificar la cláusula Novena de los Estatutos Sociales, relativa a la
ADMINISTRACIÓN y el USO DE LA RAZÓN SOCIAL, reemplazando su texto actual por el
que sigue: “Artículo Noveno: La administración y representación de la Sociedad y el uso de su
razón social corresponderá a los apoderados que se designan a continuación, los que se agrupan
en tres clases o grupos: Apoderado General: El señor Ansgar Muschen Van Lankeren cédula
nacional de identidad número diez millones trescientos cuarenta y tres mil quinientos cuarenta y
nueve guión ocho. Apoderados Clase “A”: Los señores (i) Gonzalo Iván Fernández Alzola,
cédula nacional de identidad número seis millones quinientos sesenta y un mil ochocientos
treinta y cinco guión cuatro; (ii) don José Miguel Quezada Ponce, cédula nacional de identidad
número nueve millones novecientos nueve mil setecientos cincuenta guión siete. Apoderados
Clase “B”: Los señores (i) Gabriela Alejandra Saavedra Gantz, cédula nacional de identidad
número nueve millones trescientos veintidós mil sesenta y cinco guión K. Los apoderados
estarán divididos en clases de poderes y actuarán de la forma que se indica a continuación: (A) El
Apoderado General, actuando individualmente, podrá ejercer una o más de las facultades
señaladas en los números Uno al Cuarenta y Dos, ambos inclusive, del punto D siguiente; (B)
Los Apoderados Clase A: (i) Actuando en forma conjunta cualquiera de los apoderados
designados en la Clase A con el Apoderado General, podrán ejercer una o más de las facultades
señaladas en los números Nueve, Diez, Once, Doce, Trece, Catorce, Quince, Dieciséis,
Diecisiete, Veintiuno, Veinticinco, Treinta y Uno, Treinta y Dos, Treinta y Tres, Treinta y
Cuatro, Treinta y Cinco y Treinta y Ocho, del punto D siguiente; (ii) Actuando en forma
conjunta dos cualquiera de los apoderados designados en la Clase A, podrán ejercer las
facultades que se señalan en los números Veintisiete, Veintiocho y Veintinueve, del punto D
siguiente.(C) Apoderados Clase B: Actuando en forma conjunta uno cualquiera de los
apoderados designados en la Clase B con uno cualquiera de los apoderados designados en la
Clase A, podrán ejercer las facultades que se señalan en los números Veintisiete, Veintiocho,
Veintinueve, Treinta y Tres y Treinta y Cinco, del punto D siguiente. (D) Las respectivas clases
de apoderados tendrán las siguientes facultades, las que serán ejercidas en la forma indicada
anteriormente: Uno. Adquirir y enajenar, comprar y vender, dar y recibir en pago, celebrar
contratos de promesa, otorgar los contratos prometidos y exigir judicial y extrajudicialmente su
cumplimiento, de toda clase de bienes inmuebles o muebles, corporales e incorporales, acciones,
bonos y valores mobiliarios por montos iguales o superiores a diez mil Unidades de Fomento;
Dos. Adquirir y enajenar, comprar y vender, dar y recibir en pago, celebrar contratos de promesa,
otorgar los contratos prometidos y exigir judicial y extrajudicialmente su cumplimiento, de toda
clase de bienes inmuebles o muebles, corporales e incorporales, acciones, bonos y valores
mobiliarios, por montos inferiores a diez mil Unidades de Fomento; Tres. Dar y recibir en
arrendamiento, leasing, administración, concesión o comodato toda clase de bienes inmuebles o
muebles, corporales e incorporales, acciones, bonos y valores mobiliarios; Cuatro. Dar bienes
raíces o derechos de agua en hipoteca, incluso con cláusula de garantía general, de obligaciones
propias o ajenas; Cinco. Recibir bienes raíces o derechos de agua en hipoteca, incluso con
cláusula de garantía general, de obligaciones propias o ajenas; Seis. Dar en prenda bienes

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR