La buena fe contractual como fuente de deberes especiales de conducta -particular referencia a los deberes de cooperación y renegociación- - Trilogía contractual - Libros y Revistas - VLEX 976574351

La buena fe contractual como fuente de deberes especiales de conducta -particular referencia a los deberes de cooperación y renegociación-

AutorCarlos Ignacio Jaramillo J.
Cargo del AutorEx Decano Académico, y Catedrático de 'Historia del Derecho', de 'Derecho Civil' ('Obligaciones II': 'Teoría general del negocio jurídico y del contrato'), de 'Derecho Civil Constitucional' y de 'Derecho de Seguros' de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Javeriana
Páginas111-218
LA BUENA FE CONTR ACTUAL COMO FUENTE DE DEBERES ESPECIALES DE C ONDUCTA 111
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LA BUENA FE CONTRACTUAL
COMO FUENTE DE DEBERES ESPECIALES
DE CONDUCTA
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“Homo, sacra res homini” (el hombre es algo sagrado
para el hombre).
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otros’, sino solo un nosotros” (  , Encíclica
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Sumar io:
I. Objetivo primord ial del presente escrito. Una nueva mi rada a la
buena fe. II. La buena fe como fuente de deber es de conducta en la
contemporaneidad.1. General idades.1.1. Importanc ia preliminar,
reverdecimiento y pro yección generalizada y c ontractual de la buena
fe. 1.2. Caracter ización y clasificac ión. La buena fe subjetiva y la
buena fe objetiva.1.3. Pri mordiales funciones at ribuidas a la buena
fe objetiva en la contempora neidad. 2. La buena fe objetiva como
fuente de deberes espec iales de conducta en la esfera contr actual.
Congur ación, alcances y debida observ ancia. 2.1. Generalidades.
2.2. Cong uración, alcances y debida obser vancia de los deberes
especiales de conduct a. Examen lega l, doctrin al y jurispr udencial. III.
El deber de cooperación como deber espe cial de conducta. Su c reciente
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parte de la obra colectiva titulada: 
Gacía, Editor Académico, Hernán Alejandro  Academia
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CARLOS IGNACIO JARAMILLO J.
112
importanc ia en las relaciones contractu ales. 1. Generalidades.
2. Conguración, sign icación actua l, límite s y proyección contract ual.
IV. El deber de cooperación y su estre cha relación con la solidaridad
y con la fratern idad en sede contractual . V. El deber de renegociación
en la contemporaneidad contr actual’. Relevancia, alca nces generales
y su relación con el deber de cooperación.VI. La re visión del contrato
a la luz de la buena fe contrac tual y de los deberes de cooperación y
renegociación.
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Uno de los temas de mayor valía en la posmodernidad, desde
luego sin soslayar su importancia en tiempos pretéritos, es el
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ha servido de piedra angular del Derecho y de la sociedad1, la
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y su incidencia –en los planos jurídico y ético–, de veras cardinal
y transversal, hasta el punto de que como lo expresaremos más
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Por eso, es omnipresente, y por ello es que, de vieja data,
además, está encastada con la ética –y con la moral–, aspecto
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en lo suyo, más allá de discusiones estériles, están y han estado
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con el Derecho, en particular con la conducta recta y esperada
social y jurídicamente2.
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Universidad Externado de Colombia, Bogotá, 2010.
2 , con su acostumbrada
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penetrada de unos indiscutibles ingredientes éticos que la sitúan
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–bondad– que se atribuye a la 
terminante”, Prólogo
LA BUENA FE CONTR ACTUAL COMO FUENTE DE DEBERES ESPECIALES DE C ONDUCTA 113
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transita con donosura y permea, como el rocío de alborada, todo
el ordenamiento jurídico, en procura de dotar de mayor eticidad,
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transparencia a las relaciones jurídicas, al mismo tiempo que a
las conductas humanas, ávidas de una sistemática y conveniente
asepsia, a fuer que decencia, una de sus más caracterizadas
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En tal virtud, sabedores de la grandilocuencia de la buena
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todo el Derecho privado, sino al Derecho púbico, en el que a su
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Derechos constitucional y administrativo, nos centraremos en
pincelar los aspectos más salientes de este áureo principio general,
constitucional y legal, a la par que universal del Derecho, con el
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deberes especiales de conducta en el terreno negocial, comúnmente
llamados deberes secundarios, contiguos, complementarios,
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trascendencia en el ‘nuevo orden contractual’ (nuevo paradigma),
muy diverso al orden clásico o tradicional: los deberes de cooperación
o de colaboración, y de renegociación, los que a raíz de las crisis
contractuales, ante todo de la devastadora ‘Pa ndemia’, adquirieron

y alcance.
Por consiguiente, con relativo detalle –al hilo de algunos escritos
    
, El principio general de la buena fe, Civitas, Madrid, 1982, p.
 , quien correctamente avala que “La idea de la

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