BRONCEADO PAREJO SpA - 22 de Abril de 2024 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 1032013148

BRONCEADO PAREJO SpA

Número de registroCVE-2482955
Fecha de publicación22 Abril 2024
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.832
CVE 2482955 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.832 | Lunes 22 de Abril de 2024 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2482955
EXTRACTO
CRISTIAN FELIPE CAMILLA SANDOVAL, Notario Público Titular de la 1° Notaria de
Los Ángeles certifica: que por Escritura Pública de fecha 06 de Abril de 2024, repertorio
N°978-2024, ante mí, LUZ REBECA POHL GONZÁLEZ, chilena, divorciada, abogada, cédula
de identidad 16.804.087-3, domiciliada en Camino Antuco kilómetro 0,4, casa 29, comuna de
Los Ángeles, Región del Bío Bío y ALBANY GISSEL PAREJO LORETO, venezolana, soltera,
estilista, cédula de identidad número 26.455.260-5, domiciliada en Pasaje Caledon número 1286,
comuna de Los Ángeles, Región del Bio Bio., vienen en constituir una sociedad por acciones,
cuyos estatutos extracto: Nombre o Razón social: “BRONCEADO PAREJO SpA”. - Domicilio:
Comuna de Los Ángeles, sin perjuicio de que pueda ejercer sus actividades en todo el territorio
nacional y en el extranjero, para lo cual podrá abrir y cerrar toda clase de oficinas, agencias,
representaciones o sucursales y constituir domicilios especiales. -Objeto: El objeto de la sociedad
será ya sea por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el extranjero
a las siguientes actividades: /a/ Desarrollar toda actividad tendiente al mantenimiento y
embellecimiento de la figura corporal en ambos sexos; incluyendo entre otros, los tratamientos
corporal y faciales, peluquería, cosmetología, podología, termoterapia, presoterapia y
masoterapia, electro estimulación, electropólisis, lifting facial, drenaje linfático, depilación,
masaje y tintura capilar, maquillaje, manicure y pedicure, limpieza facial, micro pigmentación,
masaje corporal reductivo, y de relajación, hidromasaje, baños de barro, azufre y cualquier otra
sustancia, servicios de solárium y bronceado, sauna, y baños de vapor, gimnasia, psicología
estética, corrección cosmetológica y cualquier otra actividad o prestación que tenga por finalidad
la preservación, ampliación, cuidado y recuperación de la belleza estética corporal; el uso,
compraventa, importación, exportación y fabricación de toda clase de máquinas, vestuario,
accesorios, productos cosmetológicos y naturales, así como la producción, distribución y
comercialización de toda clase de productos para tratamientos de estética corporal, pudiendo
incluso otorgar franquicias a terceros de sus productos II/ Prestar capacitación, asesoría y
servicios a terceros acerca de tratamientos de estética corporal, así como podrá efectuar estudios
de factibilidad económica de inversión en otras materias relativas al rubro estético corporal; c/
Realizar todo tipo de inversiones, por cuenta propia o ajena o de terceros, en bienes corporales o
incorporales, muebles o inmuebles, comprendiendo en esta la compra, venta, arrendamiento,
administración y explotación de todo tipo de bienes muebles, como la compra, venta, tomar en
arredramiento, percibir los frutos y la explotación en su sentido más amplio de bienes inmuebles,
de toda clase; la actividad comercial en su forma más amplia y especialmente la compraventa,
importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes por cuenta
propia o ajena. d/ Adquirir, enajenar, negociar, disponer en cualquier forma y a cualquier título
de derechos acciones y promesas de acciones, bonos, planes de ahorro, debentures, pagarés,
títulos de crédito, cuotas de fondos mutuos y cualquier otros efecto de comercio o valor
mobiliario; y /e/ en general, cualquier otra actividad que el o los accionistas acuerden y que se
relacione directa o indirectamente con las anteriores sin que para ello sea necesaria la
modificación de los presentes Estatutos - Capital: El capital de la sociedad es la suma de
$10.000.000.- (diez millones de pesos), dividido en 10.000.000.- de acciones nominativas,
iguales y de una misma serie, sin valor nominal que se entera y paga como se señala en las
disposiciones transitorias del presente estatuto., sin valor nominal que se entera y paga como se
señala en las disposiciones transitorias señaladas en escritura extractada- Duración: Indefinida. -
Administración: La administración con ciertas limitaciones la ejercerán LUZ REBECA POHL
GONZÁLEZ y ALBANY GISSEL PAREJO LORETO, Sin perjuicio que LUZ REBECA POHL
GONZÁLEZ, quién anteponiendo su firma a la razón social, la representará con las más amplias
facultades y atribuciones indicadas en escritura. Demás estipulaciones constan en escritura
extractada. -En todo lo no modificado se mantiene vigente la escritura de constitución social. Los
Ángeles, 17 de abril de 2024.

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