BRAVO, LARA & ERIZ, ENFERMERÍA LIMITADA - 22 de Agosto de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875058108

BRAVO, LARA & ERIZ, ENFERMERÍA LIMITADA

Número de registroCVE-1803958
Fecha de publicación22 Agosto 2020
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.737
CVE 1803958 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.737 | Sábado 22 de Agosto de 2020 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 1803958
EXTRACTO
TEODORO PATRICIO DURÁN PALMA, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de
Talca, con oficio en 1 Norte Nº 888 de Talca, certifico: Por escritura pública, otorgada hoy, ante
mí, doña MARÍA JOSÉ BRAVO SANDOVAL, domiciliada en 31 ½ Oriente B N°1453 de la
comuna de Talca; doña SCARLETT CAROL ERIZ ALEGRÍA, domiciliada en 21 Poniente
N°874, Parque Magisterio, departamento F N°102 de la comuna de Talca; y doña KARLA
VALESKA LARA LARA, domiciliada en Villa Bicentenario, 19 ½ Norte B con 22 Oriente A
N°3038, de la comuna de Talca; constituyen sociedad de responsabilidad limitada: Razón social:
“BRAVO, LARA & ERIZ, ENFERMERÍA LIMITADA”; Nombre fantasía: “VACUNATORIO
Y ENFERMERIA LAS RASTRAS LTDA.”; Administración, representación de la sociedad y
uso de la razón social: corresponderá exclusivamente a todas las socias, con amplias facultades,
quienes establecen que para validez de los actos celebrados por la sociedad, será necesario la
firma de a lo menos 2 de las socias; Objeto: A) La prestación de servicios profesionales médicos,
quirúrgicos y de enfermería en las diversas áreas o especialidades de esta y en especial la
prestación de servicios que digan relación con procedimientos de enfermería propiamente tal,
pabellones de cirugía menor, vacunatorio ya sea del Programa Nacional de Inmunizaciones,
vacunas complementarias y del viajero, pudiendo ejecutar todas las actividades que estén
relacionadas directa e indirectamente, en la actualidad o en el futuro con este giro, en todas las
áreas de la salud, asesorando y representado a personas naturales, empresas públicas o privadas
de cualquier giro o actividad, a Instituciones Públicas de la Administración del Estado, sean
autónomas, centralizadas o descentralizadas, a Municipalidades u otros entes o instituciones,
pudiendo ejecutar proyectos y licitaciones públicas dentro de estas materias financiadas con
fondos públicos o privados .- B) La realización de todo tipo de investigación en el área de la
enfermería y materias afines, comprendiendo la docencia, capacitación, las auditorias clínicas y
la realización de cualquiera otra actividad profesional conexa o derivada de la principal, tanto en
clínicas como en el domicilio particular del paciente; en forma directa o a través de convenios,
sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, Isapres o Institutos de Salud
Previsional, Servicios de Bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado. Al
efecto la sociedad podrá comprar, vender, arrendar en todas sus formas, equipos técnicos
profesionales y de cualquier tipo que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social.
Podrá asimismo, comprar, vender o arrendar todo tipo de bienes muebles o inmuebles que sean
necesarios; importar y exportar toda clase de bienes, sean corporales muebles e inmuebles o
incorporales; otorgar asistencia técnica y profesional por sí o por terceros y, en general, cualquier
actividad que los socios acuerden y que tenga relación con el área de la salud.- C) La realización
de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, administrativo,
económico, financiero, y técnicos por sí o contratando los servicios de terceras personas.- D) La
inversión en bienes corporales, incorporales, muebles e inmuebles, inclusive acciones o
participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, su administración y la percepción
de rentas que deriven de las anteriores.- E) Edición de libros, periódicos, publicaciones y otras
actividades editoriales que acuerden los socios bajo el nombre de fantasía singularizado en la
cláusula segunda del presente instrumento.- F) En general, cualquier otra actividad que los socios
pudieren acordar en el futuro, sin que para ello sea necesaria la modificación de los presentes
Estatutos. Para tales objetos, la sociedad, entre otros actos, podrá siempre y en todo momento
contraer, suscribir y celebrar todas aquellas obligaciones, contratos y acuerdos que sean directa e
indirectamente convenientes o necesarios para el íntegro, adecuado y oportuno cumplimiento de
su objeto social. Finalmente los socios podrán establecer otros negocios, giros o actividades que
estimen convenientes a sus intereses sean o no similares, anexos o conexos a los del objeto
principal sin necesidad de modificar o reformar los presentes estatutos; Capital: $3.000.000.-,
que las socias María José Bravo Sandoval, Scarlett Carol Eriz Alegría y Karla Valeska Lara
Lara, aportan en iguales partes, con la suma de $1.000.000.-, cada una, equivalentes al 33,3333%

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