Bravo Acevedo Carlos Esteban - Gastronómica e Inversiones Fujimai SpA - 1 de Febrero de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 856716437

Bravo Acevedo Carlos Esteban - Gastronómica e Inversiones Fujimai SpA

Número de registroCVE-1881090
Fecha de publicación01 Febrero 2021
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta42.869
CVE 1881090 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 42.869 | Lunes 1 de Febrero de 2021 | Página 1 de 3
Publicaciones Judiciales
CVE 1881090
NOTIFICACIÓN
En lo Principal: Interpone demanda en procedimiento monitorio laboral por nulidad del
despido, y cobro de prestaciones laborales y previsionales; Primer Otrosí: Acompaña
documentos; Segundo Otrosí: Se cite a absolver posiciones Tercer Otrosi: Privilegio de pobreza;
Cuarto Otrosí: Señala instituciones previsionales; Quinto Otrosí: Patrocinio y poder. S.J.L. Del
Trabajo de Villa Alemana Carlos Esteban Bravo Acevedo, trabajador, domiciliado en Los
Limones 3152, Paradero 12, Comuna de Villa Alemana, a S.S., respetuosamente digo: Que,
encontrándome dentro de plazo legal, vengo en interponer demanda en procedimiento monitorio
por nulidad del despido, despido incausado y cobro de prestaciones laborales y previsionales en
contra de mi ex empleador Gastronómica e Inversiones Fujimai Spa o Empresa Fujemai SpA,
indistintamente, ya que con el mismo Rut utiliza ambas razones sociales, siendo la misma
empresa, cuyo representante legal es doña Javiera Ignacia Lillo Badillo, ignoro profesión u
oficio, ambos domiciliados en Avenida Con Con Reñaca 350, Comuna de Con Con, solicitando
desde ya se acoja, dando lugar a ella en todas sus partes con expresa condenación en costas, en
atención a la exposición circunstanciada de hechos y antecedentes de derecho que a continuación
señalo: Exposición circunstanciada de los hechos con fecha 1 de septiembre del año 2019 ingresé
a prestar servicios personales bajo vínculo de subordinación y dependencia para la demandada ya
individualizada, celebrando el correspondiente Contrato de Trabajo, el que fue escriturado y fue
pactado con carácter originalmente a plazo y luego devino en uno de carácter indefinido. -La
naturaleza de los servicios para los que fui contratado eran los de maestro de cocina. Mi jornada
laboral era de martes a domingo, con 2 domingos de descanso en el mes y en horario desde 12,00
a 15,00 y desde las 16,00 hasta las 00,00 horas.- Mi remuneración pactada conforme al artículo
172 del Código del Trabajo era $400.000 mensuales, a pesar que el contrato señala una suma
inferior. Hago presente que mis funciones las ejercí en Avenida Valparaíso 1807, Comuna de
Villa Alemana, por tal motivo este Tribunal es competente para conocer esta causa. Exposición
circunstanciada de hechos coetáneos al despido.- Con fecha 30 de octubre del año 2019 mi ex
empleador, me despidió verbalmente, sin argumentar nada más.- Como señalé se me despide
verbalmente sin cumplir con ninguna formalidad, esto es: no hace entrega de carta señalando la
causal del despido ni los hechos en que se funda y la situación de mis cotizaciones previsionales.
Al respecto, cabe señalar que manifesté de inmediato mi desacuerdo con la aplicación de la
medida, ya que no se me hacía entrega de carta alguna.- En atención a la fecha de presentación
de esta demanda, no discutiré las circunstancias del despido.- Al momento del despido no se me
pagaron las indemnizaciones legales por término de Contrato. También se me adeudan
cotizaciones previsionales, feriado proporcional. Exposición circunstanciada de hechos
posteriores al despido - Como mi ex empleadora no pagó al momento del despido las
prestaciones laborales que me corresponden, me vi en la necesidad de acudir a las oficinas de la
Inspección del Trabajo para presentar el reclamo correspondiente. Así, con fecha 12 de
diciembre del año 2019, interpuse el reclamo correspondiente ante la Inspección del Trabajo,
quedando citado junto con mi ex empleadora a comparendo de conciliación a celebrarse el día 8
de enero del año 2020 - En aquella oportunidad no compareció mi empleador, por lo que no
pudimos conciliar. Antecedentes de derecho Respecto a las normas constitucionales, legales y
reglamentarias que regulan esta demanda y sustentan mi pretensión, me referiré a ellas para el
sólo efecto de ilustrar a S.S., mi perspectiva legal de la pretensión procesal que sustentamos en
esta presentación.- - En cuanto a la nulidad del despido En atención a los antecedentes de hecho
descritos solicito a S.S., tener por interpuesta demanda de nulidad del despido en contra de
empleador Gastronómica e Inversiones Fujimai SpA o Empresa Fujemai SpA, indistintamente ya
que actuaba con ambas razones sociales y el mismo Rut, cuyo representante legal es doña Javiera
Ignacia Lillo Badillo, ya individualizados, acogerla y en definitiva dar lugar a ella, declarando
nulo el despido del cual fui objeto, con costas. Solicito lo anterior en atención a lo siguiente: - El
artículo 162 inciso quinto del Código del Trabajo, en su parte pertinente indica “Si el empleador

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