Decisión nº C126-16, de Consejo de Transparencia de 26 de Febrero de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 650456857

Decisión nº C126-16, de Consejo de Transparencia de 26 de Febrero de 2016

Fecha de Resolución26 de Febrero de 2016
TipoDocumentos Operacionales - Documentación Presupuestaria - Otros
MateriaPresupuesto y Finanzas
TemaEconomía y Finanzas

DECISIÓN AMPARO ROL C126-16

Entidad pública: Dirección de Compras y Contratación Pública.

Requirente: Boris Peñailillo Peñailillo.

Ingreso Consejo: 15.01.2016.

En sesión ordinaria N° 685 de su Consejo Directivo, celebrada el 26 de febrero de 2016, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C126-16.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 23 de diciembre de 2015, Espex Ingeniería Ltda., designando como apoderado al Sr. Javier Lobos García, realizó una presentación a la Dirección de Compras y Contratación Pública, a través de la cual solicitó "última base de datos Excel de las ventas de productos tranzados a través del convenio marco 2239-7-lp14 cm hardware, licencias de software y R.E.D., a lo menos indicando los siguientes campos en la base de datos: ID productoCM, nombre producto, descripción, marca, tipo de producto, cantidad, total unidades, monto total línea neto, precio unitario, promedio, moneda oc, proveedor, rut proveedor, institución compradora, unidad de compra, región comprador" (sic).

2) Que, el 15 de enero de 2016, la Dirección de Compras y Contratación Pública habría otorgado respuesta, en términos desconocidos para este Consejo.

3) Que, con fecha 15 de enero de 2016, don Boris Peñailillo Peñailillo dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra de la Dirección de Compras y Contratación Pública, fundado en que la información entregada no corresponde a la solicitada. Al...

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