Boletín Nº 4.456-13 Indicaciones (2° Boletín) 19-Marzo-2012 Indicaciones formuladas durante la discusión en general del proyecto de Ley, en segundo trámite constitucional, que establece un nuevo concepto de empresa - Núm. 14, Agosto 2014 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 702368193

Boletín Nº 4.456-13 Indicaciones (2° Boletín) 19-Marzo-2012 Indicaciones formuladas durante la discusión en general del proyecto de Ley, en segundo trámite constitucional, que establece un nuevo concepto de empresa

Páginas43-56
Ley 20.670. Proyecto Multirut.
Nuevo Concepto de Empresa
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a) Uno de los profesionales señalados en la letra a) y un abogado de los mencionados
en la letra b) del artículo 502 bis B, incorporado por esta ley al Código del Trabajo,
serán nombrados por el Presidente de la República en base a la nómina propuesta
por el Consejo de Alta Dirección Pública, por seis años;
b) Uno de los profesionales señalados en la letra a) y un abogado de los mencionados
en la letra b) del artículo 502 bis B, incorporado por esta ley al Código del Trabajo,
serán nombrados por el Presidente de la República en base a la nómina propuesta
por el Consejo de Alta Dirección Pública, por cuatro años;
c) Uno de los profesionales señalados en la letra a) del artículo 502 bis B, incorporado
por esta ley al Código del Trabajo, será nombrado por el Presidente de la República
en base a la nómina propuesta por el Consejo de Alta Dirección Pública, por dos años.
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la comisión, por los mismos plazos que correspondan a cada titular de conformidad
al inciso anterior. Al efecto, se elaborará una nómina de diez candidatos suplentes.
En todos los casos, la duración de los respectivos nombramientos se contará desde
que asuman sus cargos los miembros de la primera comisión de expertos, en
conformidad a la presente ley.”.
ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO, nuevo
17.- De S.E. el Presidente de la República, para incorporar el siguiente artículo tercero
transitorio, nuevo:
“Artículo tercero transitorio.- El mayor gasto que represente la aplicación de la presente
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vigente de la Dirección Nacional del Servicio Civil y del Ministerio del Trabajo y
Previsión Social y, en lo que faltare, con los recursos que se traspasen de la Partida
Presupuestaria Tesoro Público de la Ley de Presupuestos del Sector Público.”.
BOLETÍN Nº 4.456-13
INDICACIONES (2° Boletín)
19-marzo-2012
INDICACIONES FORMULADAS DURANTE LA DISCUSIÓN EN GENERAL
DEL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE
ESTABLECE UN NUEVO CONCEPTO DE EMPRESA
ARTÍCULO 1°
1.- Del Honorable Senador señor Muñoz Aburto, para sustituirlo por el siguiente:
2.- Del Honorable Senador señor Muñoz Aburto, para reemplazarlo por el siguiente:
Artículo 1°.- Modifícase el artículo 3° del Código del Trabajo, en la siguiente forma:
a) Reemplázase, en el inciso tercero, la expresión “bajo una dirección”, por “bajo la
dirección de un empleador”.

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