Berliam SpA 76.050.301-0 - 30 de Diciembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 857330984

Berliam SpA 76.050.301-0

Número de registroCVE-1873671
Fecha de publicación30 Diciembre 2020
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.842
CVE 1873671 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.842 | Miércoles 30 de Diciembre de 2020 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1873671
EXTRACTO
Juan Cristian Berrios Castro, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Octava
Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, ambos con oficio en Huérfanos 941,
local 302, Santiago, certifico: con fecha 28 de diciembre de 2020, Repertorio N° 21668-2020,
ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la
sociedad Broadspectrum Chile SpA, ahora Berliam SpA (la “Sociedad”), inscrita a fojas 1282
Vuelta, N°1073 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta
correspondiente al año 2007, celebrada en mi presencia el día 23 de noviembre de 2020, en la
que asistieron los accionistas que representaron el 100% de las acciones con derecho a voto de la
Sociedad y acordaron modificar sus estatutos en lo siguiente: Se modificó el nombre de la
Sociedad de “Broadspectrum Chile SpA” a “Berliam SpA”, y en consecuencia, se reemplazó el
artículo primero de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTICULO PRIMERO: La sociedad
por acciones tendrá el nombre de Berliam SpA, la que se regirá por las estipulaciones que siguen,
y en su silencio por las normas legales pertinentes del Párrafo ocho del Título VII del Libro II del
Código de Comercio, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas establecidas
en la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas sólo en aquello que
no se contrapongan con su naturaleza de sociedad por acciones, por el Código de Comercio y por
el Código Civil, en ese orden de prelación”. Demás estipulaciones constan en escritura
extractada. Santiago, 28 de diciembre de 2020.

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