Decreto con Fuerza de Ley núm. 135, publicado el 30 de Julio de 1953. CREA LA DIRECCION GENERAL DE EDUCACION AGRICOLA, COMERCIAL Y TECNICA, DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA, SOBRE LA BASE DE LA REFUNDICION DE LA DIRECCION GENERAL DE ENSEñANZA PROFESIONAL, DEL MISMO MINISTERIO, Y EL DEPARTAMENTO DE ENSEñANZA AGRICOLA, DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA.
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE HACIENDA |
Rango de Ley | Decreto con Fuerza de Ley |
REFUNDE LA DIRECCION GENERAL DE ENSEÑANZA PROFESIONAL DEL MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA Y EL DEPARTAMENTO DE ENSEÑANZA AGRICOLA DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA
Núm. 135.- Santiago, 19 de Junio de 1953.- Considerando:
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Las numerosas razones de orden técnico como de orden práctico que hacen evidente la necesidad de refundir la Dirección General de Enseñanza Profesional del Ministerio de Educación y el Departamento de Enseñanza Agrícola dependiente del Ministerio de Agricultura;
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La conveniencia que existe de dar una estructura funcional a la planta directiva e inspectiva superior del Servicio resultante de la fusión de los dos organismos antes mencionados, que se denominará Dirección General de Educación Agrícola, Comercial y Técnica;
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Lo dispuesto en los artículos 1.o, 2.o, 3.o y 4.o transitorios del decreto con fuerza de ley N.o 104, de 3 de Junio de 1953, que crea la Superintendencia de Educación Pública;
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Las razones de buen servicio que aconsejan establecer rentas incompatibles con el desempeño de horas de clases, a los cargos de Jefes de Departamento y Visitadores Generales de la citada Dirección General de Educación Agrícola, Comercial y Técnica, y e) La facultad que me confiere la ley N.o 11,151, de fecha 5 de Febrero del presente año,
Decreto con fuerza de ley:
o- Refúndense la Dirección General de Enseñanza Profesional del Ministerio de Educación Pública y el Departamento de Enseñanza Agrícola dependiente del Ministerio de Agricultura, bajo la denominación de Dirección General de Educación Agrícola, Comercial y Técnica del Ministerio de Educación Pública.
Suprímense los siguientes cargos, horas de clases y fondos en la Ley de Presupuestos vigente del Ministerio de Educación Pública:
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07/01/01 (SUELDOS FIJOS) Sueldo N.o de Total
Grado Designación Unitario Empleos
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1.o Visitador___________ $ 129.720.- 1 $ 129.720.-
2.o Jefes de Sección:
Técnica Central (1)
y Orientación
Estadísticas (1)
Profesional (1)_____ 126.270.- 3 378.810.-
5.o Psicólogo Asesor____ 115.230.- 1 115.230.-
9.o Jefe de Gabinete____ 100.050.- 1 100.050.-
10.o Profesor (1),
Psicotécnico
Ayudante (1) y
Encargado
Orientación
Educacional y
Vocacional (1)______ 96.600.- 3 289.800.-
__ ___________
SUBTOTALES__________ 9 $1.013.610.-
07/03/01 (SUELDOS FIJOS)
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Sueldo N.o de Total
Grado Designación Unitario Empleos
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2.o Asesor Técnico
Encargado de la
Coordinación del
Perfeccionamiento
del Profesorado (DFL
N.o 99, de 28 de
Mayo de...
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